México.- Este martes 6 de enero entra en vigor la nueva regulación de despachos de cobranza, con lo que se eliminarán las llamadas de amenaza a deudores.
Desde esta fecha, los despachos de cobranza ya no podrán llamar al deudor antes de las 07:00 horas ni después de las 22:00 horas.
No podrán ofender, amenazar ni intimidar al deudor y sus familiares, ni tampoco utilizar lenguaje o términos jurídicos con afán de impresionar.
No podrán realizar gestiones de cobro a terceros, incluidas las referencias personales y beneficiarios: solo pueden llamar a deudores solidarios o avales.
Tampoco pueden utilizar nombres o denominaciones parecidos a instituciones públicas (como el despacho Procuraduría General de Cobranza), ni establecer listas negras, registros especiales o cartelones que hagan del conocimiento público al deudor.
Tampoco pueden realizar gestiones de cobro con menores de edad o adultos mayores, salvo que la persona mayor sea el deudor, y no pueden realizar gestiones de cobro en un domicilio, teléfono y correo electrónico distinto al proporcionado por el deudor.
En tanto estarán obligados a identificarse plenamente (nombre del despacho y cobrador), dirigirse al deudor de manera respetuosa, documentar por escrito el acuerdo de pago y no sólo quedar de palabra, como hasta ahora, así como hablar de números identificables y no de privados.
Con información de agencias