Agiliza Congreso adopciones de menores

Colima.- Con el fin de agilizar los trámites de adopción y para fortalecer la protección a los menores adoptados, los diputados reformaron el Capítulo V del Libro Primero del Código Civil para el Estado Colima.

La reforma dota de mayor libertad a los jueces para evitar trabas innecesarias en la autorización de la adopción.

Permite la adopción de menores abandonados por sus padres y que son abandonados en instituciones públicas o privadas o a particulares.

Amplía las facultades a autoridades y a personas interesadas en la adopción, y establece la obligación a los adoptantes de informar la situación del menor adoptado.

La reforma contempla diferentes medidas que contribuyen a un procedimiento más ágil y sencillo que otorga mayor libertad de criterio en el juzgador que evita trámites innecesarios en la autorización de una adopción.

Por ejemplo ahora se faculta al juez  para dispensar el requisito de la diferencia de edades entre adoptantes y adoptado.

La iniciativa de reforma fue promovida por el gobernador Silverio Cavazos Ceballos y la diputada Brenda Gutiérrez Vega.

Esta reforma resuelve el problema de adopciones de menores que son confiados a instituciones públicas o privadas o a personas,  y que posteriormente los padres o encargados del menor los abandonan.

Roberto Chapula de la Mora, presidente de la comisión de estudios legislativos, explicó que ante dicha situación, no se podía hacerse nada, ya que las instituciones o la persona que se hizo cargo del menor, están impedidos  para demandar la pérdida de la patria potestad como consecuencia del abandono de sus padres, y al faltar dicho requisito es imposible dar a dichos menores en adopción.

“Con la reforma se autoriza a los representantes de las instituciones públicas y privadas, así como a las personas que se hubieran hecho cargo del menor o al Ministerio Público en el caso de menores abandonados,  para demandar la pérdida de la patria potestad por abandono, y obtenida ésta, quedan facultados para otorgar la adopción”, explica la reforma.

“Con ello gran número de adopciones serán una realidad en beneficio de los menores que necesitan un hogar”.

Respecto a la protección hacia los menores adoptados, la reforma contempla la obligación hacia los adoptantes de presentar un informe anual, realizado por las instituciones facultadas por la ley,  ante el Juzgado que autorizó la adopción, para que éste verifique si la adopción resulto benéfica para el adoptado.

En caso de que se ponga en riesgo su integridad y  salud, el juez tiene facultades para ordenar la separación inmediata y revocar la adopción. 

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