Sanciona IEE a PAN-ADC por segunda vez

Colima.- El Instituto Electoral del Estado (IEE), aplicó una nueva sanción económica a la coalición Partido Acción Nacional-Asociación por la Democracia Colimense (PAN-ADC), por propaganda difamatoria.

El órgano electoral señaló como responsable de la colocación, de propaganda difamatoria en perjuicio del candidato a la Gubernatura por el frente común PRI-PANAL, Mario Anguiano Moreno.

En sesión extraordinaria celebrada esta tarde, los consejeros electorales aprobaron multar a la mencionada coalición con 350 salarios mínimos vigentes en la entidad.

“Por actos cometidos en contravención del artículo 210, cuarto párrafo, del Código Electoral del Estado”, señaló el dictamen.

El IEE consideró que las pruebas presentadas por el comisionado del PRI ante el órgano electoral, Adalberto Negrete Jiménez, poseen el valor probatorio necesario, para acreditar la responsabilidad de la coalición PAN-ADC, en la comisión de la conducta violatoria de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Electoral del Estado.

De acuerdo a las consideraciones señaladas en el procedimiento administrativo sancionador iniciado por el IEE, la queja del frente común PRI-PNA se deriva de la colocación de una lona color verde en un lugar público, en la que aparece una leyenda que pretende involucrar a Mario Anguiano con narcotraficantes, y en la que aparece además el emblema de campaña utilizado por el candidato a la Gubernatura.

Al respecto, la parte demandante presentó como medios de prueba algunas impresiones fotográficas sobre la lona colocada, además de que se tomaron en cuenta las declaraciones ministeriales de personas detenidas por la colocación de la lona, y que son coincidentes entre sí, al señalar que la colocación de la lona objeto de la presente queja, se realizó por instrucciones de personal relacionado o perteneciente al PAN.

El Consejo General del IEE consideró que la gravedad de la conducta imputada y sancionada  a la coalición PAN-ADC es superior a la media señalada en el Código Electoral del Estado, debido a que incurrió en una acción reincidente y por el impacto social que representa.

“Resulta justo y equitativo imponer a esta coalición una multa equivalente a 350 salarios mínimos vigentes en la entidad, conforme a lo establecido en el Código Electoral, y que deberá ser cubierta en la proporción que le corresponda a cada uno de ellos en el mismo porcentaje que representa el financiamiento público para la obtención del voto”.

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