CNDH no considera riesgos en guarderías: Chapula

Colima.- De acuerdo al presidente del Congreso, Roberto Chapula, hubo una mala interpretación a las acciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), al promover una recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Guarderías del Estado.

Y es que un diario local publicó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos promovió un juicio en contra de las reformas a la Ley que Regula las Guarderías Infantiles en el Estado de Colima.

Pero Chapula de la Mora señaló que la CNDH promovió una acción de inconstitucionalidad contra algunos artículos de la Ley que Regula las Guarderías Infantiles del Estado de Colima, y en ella reconoce el esfuerzo del Congreso del Estado por afrontar la falta de regulación en el servicio de guarderías, situación que no es privativa del estado de Colima.

El legislador aseguró que en ningún apartado de la acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH, se menciona que las guarderías establecidas en territorio colimense sean inseguras a consecuencia de la recién creada Ley que Regula las Guarderías Infantiles.

Chapula de la Mora explicó que la CNDH, en uso de las facultades que le otorga la Constitución General de la República, recurrió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para promover la acción de inconstitucionalidad contra 11 artículos, de los 90 que integran la Ley que Regula las Guarderías Infantiles.

“Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrían ser inconstitucionales algunos artículos, no toda la ley, razón por la que la propia CNDH  estima que ésta es perfectible”, explicó.

“Para el Congreso del Estado todos los artículos de la Ley (que Regula las Guarderías Infantiles del Estado de Colima) son constitucionales, pero si la Corte determina su inconstitucionalidad, haremos las modificaciones que se nos indiquen, para que sea acorde al criterio constitucional del más alto tribunal del País”.

La Ley que Regula las Guarderías Infantiles del Estado de Colima busca salvaguardar los derechos fundamentales de los niños y niñas que acuden a las guarderías y otorgarle facultades a las autoridades estatales y municipales para que intervengan en la autorización del funcionamiento y vigilancia respectiva.

 Se busca que haya cumplimiento a las diversas normas sanitarias, administrativas, educativas, de seguridad pública y estructural y sobre todo, se acaten las indicaciones de protección civil, que son determinantes para evitar riesgos cuando se afectan materialmente los inmuebles.

También dispone que las autoridades municipales de protección civil puedan verificar físicamente los inmuebles, hacer las observaciones y emitir las recomendaciones correspondientes sobre ubicación de puertas, ventanas, techos, muros, salidas normales y de emergencia, instalaciones de gas, eléctricas, ubicación de extintores y demás requisitos establecidos en las normas aplicables.

Adelantó que aún sin resolución de la Corte, de inmediato se adecuará la ley  respecto a lo planteado por la CNDH en relación al servicio nocturno de guarderías que deben prestar las autoridades.

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