Antes de culminar el Congreso de Derecho de Amparo y Derechos Humanos que organizó la Facultad de Derecho de la Universidad de Colima, se realizó un panel en el cual participaron diversos especialistas en esta materia.
Este panel estuvo dirigido por Mario de la Madrid Andrade, director de la Facultad de Derecho, y participaron como ponentes José Ángel Méndez Rivera con el tema “Derecho humano al medio ambiente”; Jessica Cristina Romero Michel, con el trabajo titulado “La tutela de los Derechos Humanos desde la perspectiva económica y su regulación constitucional”, así como Ángel Fernando Prado López, con su ponencia “Control de convencionalidad y margen de apreciación nacional”.
El primero en realizar su intervención fue José Ángel Méndez, quien destacó que “la ética del medio ambiente analiza las relaciones justas que se establecen entre nosotros y los seres vivos que habitan el mundo natural que nos rodea y del que dependemos, seamos conscientes o no”.
Ejemplificó algunos casos como la caza de animales en peligro de extinción o la tala de bosques y selvas en aras del progreso: “El ser humano es como cualquier otra especie y por consiguiente tiene los mismos derechos que los animales y plantas; sin embargo, los principios morales son siempre personales, por lo que sólo se obligan entre los seres humanos, de tal manera que el derecho al medio ambiente es exclusivo de la humanidad y, por lo tanto, las demás especies son mero instrumento para el ejercicio de ese derecho”.
En su momento, Jessica Romero explicó que desde el ámbito económico, “lo que pretenden los derechos humanos es regular la posibilidad de que desarrollemos nuestro proyecto de vida, por lo que se busca que cada uno proyecte, desde la postura de la ética material, valor a los bienes en razón a su vida”.
Concluyó que lo anterior se resume en el derecho humano al desarrollo: “Que cada uno de nosotros nos dediquemos a realizar nuestro proyecto de vida involucrando todos los aspectos que tienen que ver con la actividad económica, pero también con el fruto de esa actividad”.
Por otra parte, Ángel Fernando Prado definió el control de convencionalidad como una doctrina que tiene que ver con un derecho internacional, el cual goza ya de cierta presencia en muchos países y compara las actuaciones y la normativa de los derechos humanos: “Es una forma de hacer que prevalezcan las obligaciones que la convención americana o el convenio europeo, según el sistema regional del que hablemos, tiene dentro de sus propias esferas locales”.
Finalmente, dijo que “lo que busca es permitir que las autoridades locales, desde el órgano supranacional, le permita resolver, interpretar o desarrollar los contenidos de sus derechos para la solución de ciertos casos bajo el esquema local que un Estado requiera hacer”.