Ciudad de México.- El próximo sábado 1 de diciembre está considerado dentro de los días de descanso obligatorios que marca la Ley Federal del Trabajo, por lo que se tendrán que pagar al triple a los empleados cuyos patrones les hayan pedido asistir y ésta fecha coincide con su día de descanso.
El Artículo 73 de la Ley indica que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en los días de descanso, sin embargo podrán acudir en caso de que el patrón así lo solicite y pague el salario correspondiente al descanso más un salario doble por el servicio prestado.
La suma de los salarios, da como resultado el pago triple del salario por el día laborado.
Los patrones son quienes determinarán el número de trabajadores que deban presentarse a sus servicios.
En caso de que no se llegue a un acuerdo entre trabajadores y empleador, la Junta de Conciliación Permanente o la de Conciliación y Arbitraje será la encargada de resolver el caso.
La Ley determina que el 1 de diciembre de cada seis años, correspondiente a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, cambio de Presidente de la República, es considerado no laborable oficial.
Este próximo sábado se realizará la ceremonia de cambio de poderes entre Enrique Peña Nieto y el presidente electo Andrés Manuel López Obrador, cuya ceremonia está programada a partir de las 9:00 horas.
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