Ciudad de México.- El presidente del Senado de la República, Martí Batres Guadarrama, hizo un llamado al consenso en el proyecto para expedir la Ley Nacional de Extinción de Dominio, pues busca que sea un instrumento que fortalezca la lucha contra la corrupción y el crimen organizado.
Durante la inauguración del “Foro de análisis de la Ley Nacional de Extinción de Dominio”, destacó que esta es una de las principales propuestas que se han trabajado a lo largo de esta Legislatura y forma parte de la lista de temas a tratar en el periodo extraordinario de esta semana.
Martí Batres llamó a atender las diferencias que existen sobre el proyecto. “Hay que discutir los planteamientos que hace la Fiscalía, de tal manera que podemos resolver todos los elementos que estén pendientes y tenerlo listo”.
Hasta el momento, la Comisión de Justicia, junto con la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, han recibido cinco iniciativas sobre extinción de dominio: dos del senador Ricardo Monreal, una del senador Miguel Ángel Mancera, una del Grupo Parlamentario del PAN y una del senador Julio Ramón Menchaca Salazar.
Los proyectos plantean articular la ley de extinción de dominio como lo mandata el artículo 22 constitucional, tratando de evitar la mayor supletoriedad posible de los códigos de procedimientos civiles, tanto del federal como los estatales, explicó.
En algunas propuestas se toma el modelo de extinción de domino de la Organización de las Naciones Unidas. Con las iniciativas se ha elaborado un proyecto de dictamen que concentran 368 artículos.
Se reformarían el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley de Concursos Mercantiles, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) se convertiría en instituto de administración de bienes y activos, y se incorpora la monetización que permitirá que sea útil la extinción de dominio.
En el foro también participarán especialistas, representantes de organizaciones sociales y senadores en tres mesas de trabajo: “La naturaleza jurídica de la figura de extinción de dominio”; “Los derechos de terceros involucrados de buena fe”; y “Destino de los bienes y otras particularidades de la reforma”. BP