México.- Al dar cumplimiento a cuatro sentencias dictadas por la Sala Superior y una de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en materia de fiscalización, las y los integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) manifestaron que la autoridad sanciona con los mismos criterios a todos los partidos políticos, candidatos y candidatas, y siempre en apego a la ley.
Entre los acatamientos, el pleno resolvió el correspondiente al procedimiento de queja instaurado en contra del otrora candidato a gobernador del estado de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, por recibir aportaciones de ente prohibido. En cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del TEPJF, la autoridad electoral concluyó que la sanción que se debe imponer es una multa de $448,100.00.
El presidente de la Comisión de Fiscalización, Jaime Rivera, explicó que “en cumplimiento a lo mandatado por la Sala Superior, la Unidad Técnica de Fiscalización realizó un nuevo análisis y valoración respecto de las circunstancias específicas del caso, concluyendo que el ciudadano Samuel Alejandro García, como candidato, sí tuvo responsabilidad en la recepción de las aportaciones, ya que se acreditó que tuvo pleno conocimiento de las aportaciones, motivo de esta queja, que a través de sus familiares realizaron las empresas de las que son socios”.
Además, precisó que por tratarse de una infracción de una persona física y de acuerdo con el artículo 456, numeral 1, inciso c), Fracción II de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el máximo de la multa es de cinco mil Unidades de Medida y Actualización. “En este caso, la multa asciende a esa cantidad: 448 mil 100 pesos”, insistió.