Colima.- Este lunes el Tribunal Electoral del Estado (TEE), resolvió que son parcialmente fundados los agravios en contra de Viridiana Valencia, aspirante de Morena a la candidatura por la alcaldía de Colima, y por ello ordenó al Ayuntamiento de Colima, responderle como a derecho corresponda.
En este resolutivo, el TEE ordenó a la comuna capitalina atender la solicitud de expedición de Constancia de Residencia presentada por Viridiana Valencia Vargas, ante la Secretaría del Ayuntamiento el pasado 12 de marzo.
Sin embargo el Tribunal Electoral solo está ordenando que el ayuntamiento le responda su solicitud conforme a derecho y le explique el motivo fundado de la respuesta – cual fuera que sea – y que el gobierno municipal decida.
Es decir, la orden del Tribunal solo es para que le conteste, en ningún momento señala que le expida la constancia de residencia de acuerdo a las necesidades de la promovente.
La solicitud de Viridiana Valencia ante la secretaría del Ayuntamiento de Colima es para obtener una constancia que acredite su residencia en la capital por 3 años y poder competir por la alcaldía.
Cabe señalar que el TEE aclara en su resolutivo JDCE-08/2024 lo siguiente: «Por otra parte, debe apuntarse que, si bien la petición de la promovente es que este Tribunal Electoral ordene a las autoridades municipales la expedición de constancia de residencia por el periodo que ella desea, ello no resulta conducente».
Lo anterior, -señala el resolutivo- debido a que existe tiempo suficiente para el el órgano municipal puede emitir la resolución que a su juicio resulte procedente, dando a conocer a la ciudadana interesada los motivos, fundamentos o documentación que respalden su decisión.
«Para que de ser el caso, la ciudadana esté en aptitud jurídica de inconformarse teniendo conocimiento pleno de los argumentos que le sean desfavorables. Información que hasta antes de la presentación de su demanda de juicio ciudadano no poseía, y por ende, no puedo combatir»
Los argumentos presentados por Viridiana Valencia el pasado 12 de marzo en la comuna capitalina fueron: una solicitud por escrito que acompañó de distintos documentos entre los que destacan recibos de pago de agua y alcantarillado, emplazamiento por adeudo de predial emitido por el Ayuntamiento de Colima y ficha de pago correspondiente, así como otros documentos y testimoniales ante notario público que fundamentan su solicitud.
El Ayuntamiento de Colima no le expidió ese documento bajo el argumento de que existía uno previo. Hoy, el Tribunal le ordenó responder ante la nueva solicitud de Valencia Vargas.
En su resolutivo, el TEE electoral urgió al Ayuntamiento a responder la solicitud de Viridiana Valencia presentada el 12 de marzo, a fundamentarla y expedir, en su caso, una nueva constancia en un plazo de 24 horas.
“Se ordena al Ayuntamiento de Colima y a su Secretaría lo siguiente:
Primero.- Emitir una respuesta motivada y fundada a la solicitud de expedición de constancia de residencia presentada el 12 de marzo de 2024 por la ciudadana Viridiana Valencia Vargas.
Segundo.- Informar de dicha determinación a la Ciudadana interesada por la vía más expedita en el domicilio que hubiese indicado para tal efecto, quedando salvaguardado el derecho de la actora a impugnar tal decisión.
Tercero.- Todo lo anterior deberá realizarse en un plazo no mayor a 24 horas a partir de la notificación de esta sentencia”.
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