Esta semana, Oscar Javier Solorio Pérez, director general de Vinculación de la Universidad de Colima, dictó la conferencia: “Oportunidades para creadores de contenidos artísticos en plataforma de distribución digital”, en el Museo Universitario de Artes Populares “Ma. Teresa Pomar”.
La conferencia se realizó durante el segundo día de actividades del Foro “Uniendo Talentos” que organizaron la UdeC y la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM).
El foro tuvo como propósito promover el respeto por los derechos autor y formar a los y las estudiantes de Derecho en la importancia de proteger las creaciones artísticas, sobre todo ante retos como el auge de la Inteligencia Artificial.
Javier Solorio comentó que normalmente el derecho de autor es visto como un mal necesario, incluso como un obstáculo para el disfrute de las obras; “tiene mala publicidad, ya que se piensa que es un obstáculo, sin embargo, si miramos hacia atrás podremos darnos cuenta de que esto no es cierto, porque quienes han sido más litigiosos no son los autores sino los que están alrededor de la música, los llamados titulares de derechos conexos, como lo son las disqueras o el intérprete mismo”.
Otro aspecto que abona a que sea mal visto el derecho de autor es la tecnología, comentó; “a mediados de los 90 hubo un proceso de enorme disrupción en la industria del entretenimiento y de la música fomentado principalmente por la tecnología. Si miramos un poco más atrás, posiblemente cien años antes, nos damos cuenta de que en realidad es una constante. Cada cierto tiempo la tecnología irrumpe en el mundo de la música y desafía el marco legal, el derecho y la forma de abordar y tratar jurídicamente todo lo referente a la música”.
Recordó el caso de Napster, una plataforma surgida a finales de los 90 que permitía compartir archivos de música; “esto sacudió los cimientos de la industria musical, de tal manera que se llegó a pensar que la industria musical sería destruida. No fue así, pero sí la transformó obligándola a cambiar de manera drástica el modelo de negocio de los titulares de derechos conexos, ya que hasta los años 90, la única forma en la que la música podía llegar a nosotros era a través de las disqueras”.
A partir de este caso, agregó, se definieron las formas legales de comercialización legal de la música, “surgiendo así plataformas como iTunes, Spotify o YouTube Music, entre otras, junto con licenciamientos mecánicos, que son los que regulan precisamente el uso digital de la música”.
La regulación del derecho de autor, resaltó, “desde su diseño original nunca fue pensado para ser un obstáculo; al contrario, fue pensado para coexistir con otros derechos humanos como el acceso a la cultura y la educación”.
El derecho de autor, dijo para finalizar, “es el andamiaje jurídico que nos permite no sólo la creación de la obra sino también su explotación”.