Tres cosas que debes saber del Presupuesto Participativo

¿SABES QUÉ?
Por: Mtro. Florencio Llamas Acosta. *

El destino de los recursos públicos, no deben ejercerse a capricho de la autoridad y a espaldas de la ciudadanía.  La gobernanza implica gobernar escuchando y abriendo espacios de participación ciudadana y de democracia directa.

Y aunque existen derechos en el papel, por desconocimiento no se ejercen, un ejemplo de ellos, es el presupuesto participativo, en la que el contribuyente del impuesto predial puede decidir a que se gasta el 15% de lo recaudado en su barrio, colonia o comunidad.

Por ello, me resulta interesante la propuesta de las regidoras y el regidor del Partido del Trabajo presentaron este pasado lunes en su tradicional conferencia de los lunes y con la que buscan revivir e institucionalizar este derecho de decidir en que se invierten parte de sus aportaciones al municipio.

El planteamiento expresado, es que los diez Cabildos del Estado de Colima destinen en su presupuesto de egresos 2025, el 30% de lo recaudado por impuesto predial, a la modalidad de presupuesto participativo para que la población decida que obras y programas se ejecutan con este recurso, Pero ¿Sabes qué?

1.- Sabes que, el artículo 17 de la Ley del Municipio Libre, le otorga a las ciudadanas y ciudadanos el derecho a “Participar en los procesos de elección de obras prioritarias a través del presupuesto participativo, conforme lo dispuesto en la Ley de Participación Ciudadana;”

2.- Sabes que, la ley de Participación Ciudadana del Estado de Colima, en su artículo 76, explica que el presupuesto participativo es el mecanismo mediante el cual las y los ciudadanos, por medio de las asambleas ciudadanas o juntas de vecinos que existan en el sector o fraccionamiento respectivo, eligen y definen los proyectos, realización de obras o ejecución de programas a cargo del presupuesto de egresos municipal en esta modalidad, bajo la administración, ejecución y responsabilidad de las autoridades municipales correspondientes.

3.-Sabes que, en la misma Ley de Participación Ciudadana de nuestra entidad en su artículo 74, deja claro que el presupuesto anual de egresos de cada municipio, deberá incluir una partida especial que contendrá el recurso destinado para los proyectos prioritarios de beneficio público que se realizarán para el siguiente ejercicio fiscal por medio del presupuesto participativo; en el cual se contemplará cuando menos el equivalente al 15% del monto definido en el presupuesto de ingresos respecto a la recaudación del pago del impuesto predial.

Ahora ya lo sabes, tienes derecho a decidir en qué se gasta por lo menos el 15% de lo que pagas de predial, y te conviene exigirle a tu cabildo que destine el 30% a la modalidad de presupuesto participativo, como lo proponen las y los regidores del PT.

De esta forma, si en tu colonia existen 100 personas cumplidas con el pago de predial y pagan $1000 pesos cada una, con el 30% la colonia tendrá derecho a $30,000 pesos al año, que bien puede usar para mantenimiento de luminarias, arreglo de calles, banquetas, construcción o mantenimiento de juegos infantiles y canchas deportivas, o mejoras programas de capacitación y formación humana.

¿Sabes qué? Nos leemos la próxima semana.

 

 

 

Licenciando en Sociología, Maestro en Ciencias Políticas, catedrático, analista político, asesor y consultor.