Colima.- El Congreso del Estado se pronunció a favor de respetar la autonomía de la Universidad de Colima, al dar marcha atrás a una iniciativa con proyecto de decreto que proponía reformar un artículo de la Ley Orgánica de la máxima casa de estudios.
La iniciativa fue presentada por el diputado Milton de Alva y buscaba adicionar un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley Orgánica, donde proponía que el proceso de elección del rector fuera más transparente con miras de coartar cualquier clase de presión política que pudieran tener los miembros del consejo al emitir su voto.
En este contexto, los Legisladores locales declararon infundada, e inviable, dicha propuesta de reforma.
Lo anterior en atención a que, en primer lugar los principios democráticos y características del voto en el sentido de que éste debe ser universal, libre, secreto, directo e intransferible de conformidad con los artículos 41 y 116 de la Constitución Federal, están circunscritos al proceso Electoral que se desarrolla con el fin de elegir a las autoridades de representación popular que integran los poderes públicos Legislativo y Ejecutivo del orden Federal y de los Estados, así como para el caso de munícipes de los ayuntamientos.
También porque la Universidad de Colima es un organismo público descentralizado, con plena autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propio.
Por lo que los principios constitucionales de características del voto que invoca como sustento el iniciador no le son aplicables a la Universidad de Colima, por no ser ésta una autoridad electa democráticamente por todos los ciudadanos Mexicanos con objeto de integrar los Poderes Ejecutivo o Legislativo, ni los ayuntamientos.
Se aclaró que el sufragio emitido por los miembros del consejo es libre ya que ellos ejercen su voto bajo voluntad propia y libre albedrio sin coacción alguna, es directo ya que el voto lo ejerce directamente el concejal y no otra persona ajena al proceso, es intransferible porque el mismo no se puede trasladar a otra persona que no sea el concejal o su suplente, y finalmente, no puede ser secreto ya que dicho voto no representa la voluntad personal del concejal o su suplente, sino la del grupo de personas a las que representa.
De tal manera que al pretender hacer el voto de forma secreta se estaría dejando en incertidumbre a la comunidad universitaria que se ve representada ante el consejo universitario a través de los miembros concejales, pudiendo prestarse dicha secrecía a la toma de decisiones personales o ajenas a la voluntad real de los representados.
Cabe destacar que la Universidad de Colima goza de autonomía, lo cual queda de manifiesto en el artículo 2° de su propia Ley Orgánica.
Diputados aprueban reformar los Códigos de Procedimientos Civiles
También en sesión extraordinaria, los diputados locales de la LVI Legislatura aprobaron la iniciativa de Ley con proyecto de Decreto relativa a reformar diversas disposiciones del Código de Procedimientos Civiles.
Iniciativa que viene a complementar las últimas reformas a este ordenamiento civil adjetivo propuestas por el Poder Judicial, cuya finalidad de ambas es facilitar los trámites para los litigantes y sus abogados, haciendo más ágil los procedimientos judiciales y por consecuencia dotando de celeridad una de las principales funciones del estado; que lo representa la impartición de justicia pronta, completa e imparcial, principio consagrado por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La propuesta de la iniciadora, Patricia Lugo Barriga, prevé la facultad para que las partes desde su escrito de demanda, puedan autorizar a las personas profesionistas en derecho con el objetivo de que cuenten con las facultades amplias concebidas por el recientemente aprobado artículo 112 Bis del Código de Procedimientos Civiles, entre las que se encuentran, presentar pruebas y alegatos entre otras actuaciones judiciales.
Derechos reservados AFmedios