Colima.- El Partido Verde Ecologista de México (PVEM) insistirá en la reforma del código penal del Estado de Colima para tipificar como delito el maltrato y daño contra los animales.
De acuerdo con el diputado Mariano Trillo Quiroz, con esta reforma se busca disuadir y sancionar la comisión de este tipo de conductas antisociales tales como la tortura, la mutilación recreativa y la muerte injustificada de seres vivos animales, pues está demostrado científicamente que ello también repercute en la formación de comportamientos violentos entre seres humanos, lo que a su vez puede generar conductas delictivas más graves.
El diputado celebró en su cuenta de Facebook que la asamblea Legislativa del Distrito Federal haya aprobado reformar el Código Penal local para castigar con prisión los actos de crueldad o maltrato animal.
Con dicha reforma impulsada por el PVEM en el Distrito Federal se castigará con prisión de seis meses a dos años y multa de 50 a 100 días de salario mínimo a quienes lesionen animales por crueldad o maltrato que no ponen en riesgo sus vidas. Sin embargo, en caso de que se ponga en riesgo la vida del animal, la penalidad aumentará hasta en una mitad del periodo mencionado. También prevé que si se causa la muerte por maltrato o crueldad el delito se castigará con dos a cuatro años de prisión y 200 a 400 días de multa, aumentando una mitad si se provocó sufrimiento.
Trillo Quiroz anunció que también propondrá reformas a la Ley para la Protección de los Animales del Estado de Colima con el propósito de prohibir el banal acto de torturar y matar toros y novillos, haciendo de ello un espectáculo público.
“Para ello proponemos consultar a la sociedad civil la conveniencia de eliminar en el territorio del estado de Colima las corridas de toros, impulsando la implementación de medidas que impidan la realización de estas prácticas crueles y degradantes contra este tipo de seres vivos”, agregó.
Dio a conocer que otra reforma sería a la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Colima en materia de daño ambiental, ampliando su cobertura de protección, a efecto de establecer la obligación de las autoridades estatales y municipales de reparar los daños y perjuicios que sufran los particulares en sus bienes, posesiones o derechos como consecuencia de una acción irregular o negligencia cometida por dichas autoridades en materia ambiental.
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