Colima.- La iniciativa para reformar el código penal de la entidad, presentada por el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Mariano Trillo Quiroz, considera que se tipifique como delito el maltrato animal y se apliquen penas desde tres días hasta tres años de prisión.
En su propuesta señaló que las penas irían desde los tres días hasta un año de prisión y multa a quien maltrate o lesione a un animal (sin matarlo); y de uno a tres años de prisión y multa a quien maltrate a un animal y le cause la muerte.
El delito se perseguiría de oficio y no sería considerado grave.
Dicha iniciativa de reforma al Código Penal del estado retoma las propuestas similares que han hecho los legisladores del PVEM a nivel nacional y en otras entidades federativas, con el firme objetivo de proteger la vida, integridad y dignidad de los seres animales no humanos, estableciendo un marco de sanciones adecuado, coherente y proporcional para castigar a quienes atenten contra esos seres vivos.
Señaló que esta reforma vendría a ser complementaria a la Ley para la Protección a los Animales del Estado de Colima.
El legislador señaló que el maltrato a los animales comprende una gama de comportamientos que causan dolor innecesario, sufrimiento o estrés al animal, que van desde la mera negligencia en los cuidados básicos hasta el asesinato malicioso e intencional.
Trillo Quiroz destacó también que existen distintas formas de crueldad para con los animales, las cuales pueden clasificarse en crueldad dolosa y culposa.
El presidente de la Comisión de Protección y Mejoramiento Ambiental en la presente Legislatura, explicó que en casos de crueldad dolosa, los ataques más comunes incluyen balear, pegar, patear, acuchillar, tirar, quemar, ahogar, colgar, envenenar, abusar sexualmente o mutilar a los animales.
Los maltratos culposos comprenden: la negligencia extrema en los cuidados básicos, en otras palabras la omisión de proporcionar al animal de los cuidados básicos como alimento, refugio y atención veterinaria.
Además, dijo que también se considera maltrato animal acciones tales como los casos de abandono, ya sea en la vía pública o en algún lugar cerrado.
De aprobarse la reforma en mención, los animales que sean asegurados podrían quedar a cuidado y resguardo de las asociaciones protectoras debidamente constituidas en la entidad, para posteriormente ser ofrecidos en adopción.
Finalmente, el legislador ecologista aclaró que cuando la lesión o muerte del animal se cause con la finalidad de evitar un mal igual o mayor a una persona o animal, no se aplicará la sanción, siempre y cuando se justifique el hecho.
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