Este sábado cierra convocatoria para recepción de aspirantes a magistrados electorales

Colima.- Este sábado 12 de enero, el Supremo Tribunal de Justicia (STJ) cerrará la convocatoria, para la recepción de documentos de los licenciados en derecho que deseen participar como aspirantes a magistrados numerarios y supernumerarios del Tribunal Electoral del Estado de Colima.


 

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El STJ deberá presentar posteriormente una lista de diez candidatos al Congreso del Estado para que los diputados elijan a los 4 magistrados.

La convocatoria se abrió el miércoles y se cierra este sábado a las 15:00 horas en las oficinas del Centro de Estudios Judiciales del STJ ubicada en Aldama esquina con Flores Magón, en Colima capital.

Los aspirantes a magistrados del Tribunal Electoral del Estado deberán cumplir con los requisitos señalados en el artículo 275 del Código Electoral del Estado de Colima.

Requisitos para ser magistrados

Ser mexicano por nacimiento y vecino de la entidad, con una residencia efectiva acreditada de por lo menos cinco años anteriores a su elección; no tener menor de 25 años de edad al día de la elección; estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerita pena por más de un año de prisión, pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena; estar inscrito en el Padrón Electoral y contar con credencial; poseer al día de la elección, título profesional de Licenciado en Derecho expedido por institución de educación superior legalmente facultada para ello, con una antigüedad mínima de cinco años; no haber tenido cargo alguno de elección popular ni haber sido postulado como candidato en los cinco años anteriores a su nombramiento.

No haber desempeñado cargo de dirección en los órganos nacionales, estatales o municipales de algún partido político o de algún organismo, institución, colegio o agrupación ciudadana afiliada a algún partido político en los últimos tres años anteriores a su elección; no ser ni haber sido titular de una delegación o representación del Gobierno Federal o de organismo descentralizado de la Federación en la entidad; ni secretarios de Gobierno o Procurador General de Justicia; ni presidente municipal, secretario, tesorero, oficial mayor o contralor de un Ayuntamiento, en el año anterior a su designación; y no ser ni haber sido ministro de culto religioso alguno, en los últimos cinco años anteriores a su nombramiento

El artículo 276 detalla que la elección por ausencia definitiva de los magistrados del Tribunal, para ejercer el cargo se realizará de conformidad con el procedimiento siguiente: el presidente del Supremo Tribunal de Justicia hará llegar al Congreso la propuesta de ese cuerpo colegiado, en una lista de dos candidatos para cada uno de los Magistrados a elegir.

Mientras el artículo 273 dice que los magistrados ejercerán sus funciones por un período de ocho años y no podrán ser reelectos.

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