Colima.- De ahora en adelante el nombramiento del procurador del Estado de Colima será facultad del Ejecutivo estatal pero deberá ser ratificado por el Congreso local; de no ser así no podrá ejercer dicho cargo.
Con 24 votos a favor, este jueves los diputados locales aprobaron reformas a la Constitución Política del Estado, con las que el nombramiento del procurador por parte del Ejecutivo estatal estará sujeto a la ratificación del Congreso local.
La propuesta aprobada es producto de la armonización de iniciativas de los grupos parlamentarios del PRI y de Nueva Alianza, así como del Ejecutivo del estado.
El dictamen establece que el gobernador designará al procurador y enviará el nombramiento al Congreso, “el cual otorgará o negará la ratificación, por mayoría absoluta de sus miembros”, esto dentro de un plazo de 15 días hábiles.
El documento establece que agotado este término si el Congreso no ha resuelto, “se tendrá por ratificado el nombramiento”, por lo que el Ejecutivo solicitará al Legislativo tome la protesta de Ley, pero en caso de negativa o falta de respuesta por parte del Congreso, transcurridos cinco días el Ejecutivo podrá tomar la protesta.
En el caso de que el Congreso no otorgue la ratificación, el gobernador podrá hacer una segunda designación.
Si el legislativo niega en dos ocasiones la ratificación sucesivamente, el Ejecutivo nombrará libremente a quien deberá ocupar dicho cargo.
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