La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó este martes el decreto mediante el cual se reforma y adiciona el artículo 112 de la Ley de Migración, referente al procedimiento en la atención de personas en situación de vulnerabilidad.
El dictamen, que entrará en vigor a partir de este miércoles, indica que corresponde al DIF nacional garantizar el retorno asistido del menor con sus familiares adultos, atendiendo en todo momento su situación de vulnerabilidad.
Según el Artículo 112, cuando alguna niña, niño o adolescente migrante no acompañado sea puesto a disposición del INM, “quedará bajo la responsabilidad y se deberá garantizar el respeto a sus derechos humanos”.
El INM “canalizará a la niña, niño o adolescente migrante no acompañado al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, a los Sistemas Estatales DIF y del Distrito Federal, con objeto de privilegiar su estancia en lugares donde se les proporcione la atención adecuada, mientras se resuelve su situación migratoria y dará aviso al consulado de su país”.
La reforma también indica que “cuando por alguna circunstancia excepcional las niñas, niños y adolescentes migrantes extranjeros no acompañados lleguen a ser alojados en una estación migratoria, en tanto se les traslada a las instalaciones del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, a los Sistemas Estatales DIF y del Distrito Federal, deberá asignárseles en dicha estación un espacio específico para su estadía distinto al del alojamiento de los adultos”.
“La autoridad deberá respetar en todo momento los derechos de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados previstos en el presente ordenamiento y la legislación aplicables, dándose aviso inmediato a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a las Comisiones Estatales de Derechos Humanos, así como al Comité Estatal del Sistema Nacional de Seguimiento y Vigilancia de la Aplicación de los Derechos del Niño en la entidad que corresponda, a efecto de que coadyuven en la garantía y protección de sus derechos”.
Además, se indica que será el Sistema DIF quien garantice el eficaz retorno asistido del menor con sus familiares adultos, atendiéndose en todo momento el interés superior de la niña, niño y adolescente y su situación de vulnerabilidad, esto con el apoyo de los Sistemas Estatales DIF y del Distrito Federal que corresponda, considerando las causas de su migración: reunificación familiar, en busca de empleo, violencia intrafamiliar, violencia e inseguridad social, entre otras.
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