Colima.- El Congreso local aprobó este martes que en Colima no podrán contraer relación conyugal quienes tengan menos de 16 años de edad.
La reforma, propuesta por la diputada panista Gina Araceli Rocha Ramírez, señala que en Colima para contraer una relación conyugal, los interesados deben tener al menos 18 años; sin embargo, el Código Civil permite que menores de cualquier edad celebren ese contrato si cuentan con el consentimiento de sus padres o tutores.
“Si los menores de edad no obtienen el permiso para contraer la relación conyugal, los interesados pueden recurrir al presidente municipal correspondiente, que puede conceder dispensas de edad por causas graves y justificadas”, señaló.
Con la reforma al artículo 148 del Código Civil del Estado, para contraer una relación conyugal en Colima, cada uno de los contratantes necesitan haber cumplido 18 años, pudiendo los presidentes municipales conceder dispensas de edad por causas graves y justificadas, pero nunca a menores de 16 años.
Además se adicionó al Código Civil del Estado la fracción VIII al artículo 98, para establecer como requisito para contraer una relación conyugal, la constancia de que ambos pretendientes asistieron a las pláticas de orientación sobre relaciones conyugales, encontrándose ésta avalada por el Consejo Estatal de Población.
De 3 mil 375 matrimonios registrados en el año 2012 en Colima, 419 correspondieron a contrayentes de 18 años o menores, representando el 12.4 por ciento del total.
De éstos, en un matrimonio alguno de los contrayentes tenía menos de 14 años de edad; en 15 matrimonios, tenía 14 años; en 41 tenía 15 años; y en 73 contaba con apenas 16 años.
Derechos Reservados AFmedios