México.- Las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, de Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos aprobaron el dictamen con el decreto que expide las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
Los senadores emitieron 25 votos a favor del dictamen y 5 en contra con lo que quedó aprobado en lo general. Las reservas presentadas serán abordadas cuando el dictamen sea sometido al pleno del Senado.
El dictamen se remitió a la Mesa Directiva del Senado, que estaría en posibilidad de solicitar a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que preside el senador Raúl Cervantes Andrade, convoque a un periodo de sesiones extraordinario de las cámaras de Senadores y de Diputados para su discusión y votación.
El dictamen con proyecto de decreto expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, reglamentarias de la reforma constitucional en la materia, promulgada en 2013.
El objetivo de la legislación es establecer las condiciones y el entorno legal que propicie la transformación de las telecomunicaciones y la radiodifusión a sectores más competidos y con mayores niveles de inversión, lo que necesariamente se traducirá en mejores servicios públicos, con mayor diversidad, calidad y a menores precios.
El decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones, dota al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) del marco legal para regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y radiodifusión.
Algunos aspectos relevantes son: no se harán cargos por llamadas telefónicas de larga distancia; se establece la obligación de las redes públicas de telecomunicaciones de interconectarse directa o indirectamente; la portabilidad efectiva del número telefónico sin cargo alguno al usuario final o abonado; y asegura la continuidad de los servicios de telecomunicaciones cuando en una localidad exista un solo concesionario operando.
Resuelve que los concesionarios no tienen facultad de bloquear el acceso a contenidos, aplicaciones o servicios de internet, ya sea por solicitud del usuario o de una autoridad competente.
Plantea la creación de un defensor de la audiencia en los concesionarios del servicio de radiodifusión, que sea responsable de recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de la audiencia.
Respecto a las concesiones de uso social en radiodifusión, como las comunitarias e indígenas, pueden acceder a fuentes de financiamiento como la venta de espacios publicitarios a entes públicos federales, los cuales destinarán el uno por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad, así como la venta de productos o servicios de edición, audio y grabación o arrendamiento de estudios.
Respecto a facultades de dependencias del Poder Ejecutivo Federal, el dictamen indica que a la Secretaría de Gobernación le corresponde la administración de los tiempos del Estado y por su experiencia, infraestructura y conocimiento técnico, se le faculta para ordenar, autorizar, supervisar, clasificar, coordinar y/o sancionar aspectos relacionados con contenidos en radiodifusión. BP