Congreso federal aprueba en lo general Ley de Ingresos 2015

Foto: AFmedios/Archivo

México.- La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 427 votos a favor, 35 en contra y una abstención, el dictamen que expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, el cual contempla captar un monto de 4 billones 702 mil 951 millones de pesos.

De esa cifra, 2 billones 906 mil 192.4 mdp corresponden a los ingresos del Gobierno Federal; un billón 124 mil 163.6 mdp a los de organismos y empresas, y 672 mil 595 mdp a los derivados de financiamientos.

Para 2015, se estima que el Producto Interno Bruto (PIB) registre un crecimiento de 3.7 por ciento; la inflación, de 3 por ciento; el tipo de cambio nominal, en 13.40 pesos por dólar, y el precio de referencia para la mezcla mexicana de crudo de exportación, de 81 dólares por barril.

El nivel de la plataforma de producción de petróleo crudo se establece en 2.4 millones de barriles diarios.

La recaudación federal participable queda en 2 billones 310 mil 415.1 mdp, en beneficio de las entidades federativas y municipios.

El monto de endeudamiento neto interno y externo del Gobierno Federal se plantea hasta por 595 mil mdp y 6 mil millones de dólares, respectivamente.

Este último, incluye el monto de endeudamiento que se ejercería para la contratación de créditos con organismos financieros internacionales.

Además, se autoriza un endeudamiento neto interno y externo de hasta 110 mil 500 mdp y 6 mil 500 millones de dólares, respectivamente, a Petróleos Mexicanos (Pemex) y sus empresas productivas subsidiarias.

También se dispensa un monto de endeudamiento neto interno y externo de hasta 8 mil millones de pesos y 700 millones de dólares, respectivamente, a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas productivas subsidiarias.

Para la discusión en lo particular, el vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Tomás Torres Mercado (PVEM), informó que se hicieron 116 reservas.

Los artículos que contienen estas reservas son: 1, 2, 4, 6, 7, 8, 10, 12, 16, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 27, adición de un artículo 22 bis y de un Capítulo Cuarto, así como los transitorios cuarto, quinto, sexto, séptimo y décimo, y la adición de nueve transitorios. BP

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