Por Héctor Romero Fierro
López alaba su reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que obligará a todos los ciudadanos a proporcionar sus “datos biométricos” a las compañías telefónicas con las que tengan una línea de teléfono celular, para integrar estos a un “Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil”, reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 16 de abril pasado.
En ella se establecen diez nuevas obligaciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones, entre ellas, las de “Instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil; y el intercambio de información con las autoridades competentes…; y en el mismo ordenamiento señala que ese padrón contendrá, sobre cada línea telefónica móvil, la información siguiente:… VI. “Datos Biométricos del usuario” y, en su caso, del representante legal de la persona moral…”, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que al efecto emita el Instituto.
Afirma el presidente falsedades al decir que solo pedirán las huellas dactilares, ya que la ley señala “Datos Biométricos” refiriéndose a todas esas características únicas de cada individuo que se mantienen a lo largo del tiempo.
Pueden existir varias personas con el mismo nombre, pero ninguno tendrá similitud de sus Datos Biométricos, al ser estos, insisto, únicos. Estos son, entre otros, la distancia entre los ojos, iris, huellas dactilares, el tono y timbre de voz, las facciones del rostro, firma, tipo sanguíneo, e incluso ADN.
Para acallar el gran escándalo que generó esta reforma, y más en etapa electoral, dicen que solo van a recabar huellas digitales, pero al quedar incorporado en la ley, en cualquier momento podrían cambiar el lineamiento y ordenar se recaben el resto de los Datos Biométricos, ya sin necesidad de modificar la ley. El plazo, para líneas existentes, es de dos años para efectuar dicho registro, y en caso de no realizarlo se les cancelará el servicio.
Al ser inconstitucional y violar Tratados Internacionales es procedente el Juicio de Amparo (contra Leyes), el cual deberá ser interpuesto dentro de los 30 días hábiles siguientes a la publicación en el DOF.
Muchos ya interpusieron su juicio de garantías y lo presentaron de inmediato, por lo que, al cumplir los requisitos de la Ley de Amparo, el Juez al que le correspondió conocer estos juicios concedió la Suspensión Provisional contra esta reforma a la Ley, situación que causó gran molestia entre los de Morena y los funcionarios de la CuatroTé, y en voz de un subsecretario atacaron al juez, quien por cierto es el mismo que concedió las suspensiones de la reforma eléctrica.
Si conocieran la Ley dejarían sus sospechosismos, ya que en nuestro país solo hay dos jueces de distrito a nivel nacional que conocen de la materia de Telecomunicaciones, y uno de ellos es precisamente el juez Juan Pablo Gómez Fierro, a quien atacan rabiosamente por realizar su trabajo, el otro esta semana no estaba en funciones por la pandemia.
Ayer inventaron que el Tribunal Electoral había desechado la candidatura de Pablo Lemus, eso es parte de la guerra sucia del “doctor” que sabe que ya perdió la elección y quiere distraernos, no hagamos caso de rumores.