El presidente Felipe Calderón logró un triunfo luego de que su decreto, que adelanta de 2021 a 2015 el “apagón analógico”, quedó vigente al no reunirse en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los ocho votos necesarios para declararlo inconstitucional, como propuso la ministra Olga Sánchez Cordero.
Siete de los 11 ministros se pronunciaron por la invalidez del decreto, al considerar que invade las facultades exclusivas de la Comisión Federal de Telecomunicaciones para regular la materia de televisión, pero por tratarse de una controversia constitucional se requería de mayoría calificada para declarar su inconstitucionalidad.
Con esa votación, la demanda del Senado de la República fue desestimada sin pronunciamiento de la Corte, y la misma resolución adoptó el pleno con la controversia que promovió la Cámara de Diputados, también para impugnar el decreto, expedido en septiembre de 2010.
Una minoría de cuatro ministros, formada por Salvador Aguirre, Guillermo Ortiz, Sergio Valls y el presidente de la Corte, Juan Silva Meza, consideró que el presidente Calderón no excedió sus atribuciones al emitir el decreto, que detalla las acciones para concretar la transición a la televisión digital terrestre.
Silva Meza, cuyo voto fue decisivo para desestimar las controversias, dijo no coincidir con el planteamiento del proyecto, en el sentido de que el Ejecutivo federal no puede estructurar, a través de normas generales, las medidas necesarias para que la administración pública se prepare para la transición digital. “Tampoco considero que si lo hiciera se afectaría la autonomía del órgano regulador”, dijo, y recordó que la planeación de políticas públicas en áreas estratégicas como el sector de telecomunicaciones corresponden al Ejecutivo federal, quien tiene por mandato constitucional la rectoría del Estado.
“La transición a la televisión digital no sólo implica una dimensión técnica; esta decisión abarca cuestiones culturales, económicas, políticas y de seguridad nacional que exigen la operación de todo el sistema establecido, conforme a la rectoría económica del Estado, cuya conducción corresponde al Ejecutivo federal”, afirmó.
El presidente de la Corte recordó que un gran número de países en todo el mundo ha concluido ya la transición digital y lo ha hecho a través del Ejecutivo, pese a contar con órganos técnicos altamente especializados.
No se puede concluir que el Ejecutivo, al emitir el decreto impugnado, invada en alguna forma la esfera de competencias del Congreso, pues se está proveyendo en la esfera administrativa la observancia de las leyes emitidas por el Legislativo, aseguró.
El decreto del Ejecutivo y todas las acciones previstas en él, incluida la creación de una comisión intersecretarial para acelerar la transición, fue suspendido en octubre de 2010, por acuerdo de la ministra Sánchez Cordero, al admitir las demandas de las dos cámaras del Congreso de la Unión.
La resolución de este martes concluye la suspensión, por lo que el Ejecutivo federal podrá poner en marcha las acciones previstas para culminar con el proceso de transición el 31 de diciembre de 2015.
Con información del Universal