Colima.- La organización ambiental Bios Iguana interpuso denuncia penal en contra del presidente Municipal de Villa de Álvarez, Enrique Monroy Sánchez, así como de otros funcionarios, por la tala de árboles en el fraccionamiento Las Palomas, en la colonia La Gloria, en ese municipio.
La representante de la organización, Esperanza Salazar Zenil, interpuso la denuncia ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), también en contra de otros funcionarios del municipio de Villa de Álvarez, en la que señala a Ramón Chávez Arellano, director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano; Ángel Álvarez Alvarado, jefe del Departamento de Ecología; así como a María Angélica Patricia Ruiz Montero, directora de Ecología del Gobierno del Estado de Colima; y contra de quien funja como representante legal del Fraccionamiento Las Palomas ubicado en la Colonia La Gloria, entre la Avenida Benito Juárez y la Calle Aquiles Serdán del Municipio de Villa de Álvarez.
La denunciante solicita a las autoridades inicien la averiguación previa correspondiente; remitir la presente denuncia a la unidad administrativa en materia ambiental; proceda a la brevedad a citar a los funcionarios públicos señalados como presuntos responsables, para que comparezcan a rendir la declaración ministerial correspondiente, así como a aportar las probanzas que mejor juzguen convenientes; y solicite a los funcionarios públicos señalados como presuntos responsables la Manifestación de Impacto Ambiental, así como la Autorización Justificada de la Evaluación de Impacto Ambiental.
La denuncia fue interpuesta este 17 de abril, y fue fundamentada con el Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente de Villa de Álvarez, que en su artículo 1 señala que “tiene por objeto regular la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la protección y mejoramiento del ambiente en el Municipio de Villa de Álvarez, Col.”.
También está sustentada en la Ley de Preservación Ambiental del Estado de Colima (Ahora Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima), que en su artículo 41 señala que “el aprovechamiento de los recursos naturales en áreas que sean hábitat de especies de flora o fauna silvestre, especialmente las propias del municipio, deberá hacerse de manera que no se alteran las condiciones necesarias para la subsistencia, desarrollo y evolución de dichas especies”.
A lo anterior, en su denuncia, la activista social precisa que la Autoridad Ambiental no llevó a cabo la evaluación de impacto ambiental, si lo hizo, no fue apegándose a verificar los daños que causaría el derribo de 100 árboles.
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