Ciudad de México.- Luis Raúl González Pérez, ombudsman nacional, consideró que los resultados de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) no son los deseables y sus dinámicas operativas restan eficacia y eficiencia a su implementación.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) urgió revisar y replantear los mecanismos de la Alerta, pero no mediante un aumento de penas y agravantes, sino como vía efectiva para que las víctimas indirectas de ese delito puedan acceder a la justicia.
González Pérez subrayó que, con frecuencia, las fuentes hemerográficas permiten reconstruir con mayor exactitud el panorama de violencia feminicida, pese a la obligación de las autoridades de integrar esa información y hacerla accesible a la sociedad debidamente validada y actualizada.
Además, las unidades de investigación con perspectiva de género enfrentan problemas para su consolidación, mientras el tipo penal de feminicidio difícilmente se acredita e investiga, por lo que el mecanismo debe fortalecerse.
Subrayó la necesidad de dotar de presupuesto suficiente y enfocado a las instancias involucradas, para que las leyes sean debidamente implementadas y las autoridades puedan ejercer cabalmente sus atribuciones.
Luis Raúl González Pérez, presentó el Diagnóstico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como integrante de los grupos de trabajo que dan seguimiento a los procedimientos de AVGM, cuyo objetivo es aportar insumos útiles basados en la experiencia para propiciar el debate amplio, plural, informado y propositivo en torno de la AVGM y su incidencia como mecanismo para enfrentar la violencia feminicida en distintas entidades del país.
Al referir la recurrente disparidad entre la cifra de homicidios contra mujeres y el número de averiguaciones previas o carpetas de investigación que se siguen por feminicidio, dijo que se agrava por la falta de datos fidedignos y transparentes sobre los asesinatos de mujeres ante la poca operatividad del Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), que debería almacenar información veraz, actualizada y accesible de las 32 entidades federativas y dependencias de gobierno.
En su oportunidad, Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, Directora General del Programa de Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres destacó que falta LA armonización del término ‘feminicidio’ en el ámbito legislativo.
Durango es la única entidad que aún no incorpora dicha definición en su ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
Precisó que Ciudad de México, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León y Veracruz no prevén de manera literal la impunidad como elemento relacionado con la violencia feminicida, mientras la Ley General en la materia sí la prevé, y en cuanto a las consecuencias extremas de la violencia feminicida algunas entidades refieren muertes violentas, otras mencionan homicidios y unas más, feminicidios.
En cuanto a la revisión del procedimiento de AVGM, dijo que existen 28 procedimientos de esa naturaleza en 27 estados, de los cuales 12 son Alertas Declaradas por violencia feminicida; 9nueve corresponden a procesos de solicitud de AVGM; siete son entidades donde no se emitió la Declaratoria de Alerta, ante lo cual la CNDH emitió el correspondiente voto razonado.
Baja California, Chihuahua, Tamaulipas, Aguascalientes e Hidalgo no cuentan con AVGM.
Respecto de las acciones que comprenden las Declaratorias, dijo que son decididas por la Secretaría de Gobernación y para ello se mantiene un esquema general basado en medidas de seguridad, medidas de prevención, medidas de justicia y reparación, y visibilización de la violencia de género y mensaje de cero tolerancia.
Hasta el momento, no están disponibles en los portales públicos los informes de seguimiento de los casos donde la Secretaría de Gobernación resolvió no emitir la Declaratoria.
Entre las propuestas al Poder Legislativo destacan revisar los plazos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en su Reglamento, de la Alerta de Violencia de Género, en sus distintas fases, con base en el análisis de su adecuado diseño e implementación; regular en la Ley en cuestión y en su reglamento, para que el Poder Judicial, el Poder Legislativo y los gobiernos municipales sean interlocutores indispensables para hacer frente a la violencia feminicida.
También, se considera fundamental que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Cámara de Diputados prevean un fondo federal con recursos etiquetados para la implementación de Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres, que se pueda utilizar para atender las acciones de emergencia que los grupos de trabajo recomienden a las entidades.
Al Ejecutivo federal se le solicita fortalecer las áreas de las instituciones federales que se ocupan de los procedimientos de AVGM.
El procedimiento de atención a la AVGM implica el involucramiento de todas las instituciones del Estado, para poder garantizar la transversalización de la perspectiva de género y se debe asegurar que los cambios de gobierno y la alternancia propia de los gobiernos democráticos no obstaculicen el cumplimiento de las acciones derivadas de los informes de los grupos de trabajo o de las Declaratorias.
También se debe profundizar en el análisis de los avances de las entidades que ya llevan más tiempo con Declaratoria de AVGM, y fortalecer la presencia del Inmujeres, en tanto que tiene encomendada la Secretaría Ejecutiva en los grupos de trabajo. BP