Colima.- El Congreso del Estado aprobó por unanimidad el dictamen que reforma y adiciona la Ley para Regular la Convivencia Civil en el Estado de Colima y sus Municipios, con el objetivo de tipificar y sancionar el acoso sexual callejero, como una manera de violencia verbal, principalmente contra el género femenino.
Las comisiones dictaminadoras analizaron la iniciativa presentada por la legisladora única de Movimiento Ciudadano, Remedio Olivera ,considerando como acoso sexual callejero el hecho de “manifestar expresiones verbales de connotación sexual a una persona, que molesten y dañen su dignidad y/o realizar tocamientos o señales obscenas en su propia persona con intención lujuriosa”.
El dictamen reforma el artículo 16 de la citada Ley para Regular la Convivencia Civil en nuestra entidad, para quedar como sigue: “Permitir a menores de edad el acceso a lugares a los que expresamente les esté prohibido; golpear a una persona, en forma intencional y fuera de riña, sin causarle lesión; y manifestar expresiones verbales de connotación sexual a una persona que molesten y dañen su dignidad, y/o realizar señales obscenas con intención lujuriosa”.
Asimismo, el artículo 17 determina que las conductas señaladas en las fracciones ll, III y IV, con multa por el equivalente de 10 a 20 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización o arresto de 12 a 24 horas”, señalando que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.
El objeto principal de este dispositivo es establecer reglas mínimas de comportamiento cívico de la población en la entidad, fomentar el respeto entre las personas, y enriquecer los principios colectivos, “puesto que el acoso sexual callejero es una práctica tan habitual como degradante, que genera intimidación en las calles y centros públicos, resulta ya una práctica arraigada en Colima, a la que poco se ha cuestionado y menos aún se ha hecho por eliminar”.
El análisis de la iniciativa precisó que en nuestra entidad hay diversas normas jurídicas que regulan las conductas de connotación sexual, sin embargo se integran de tipos penales que tienen que ser acreditados ante las autoridades correspondientes, y no se cuenta con una norma jurídica que sancione expresiones verbales de connotación sexual como tal.
“En términos generales, se entiende que el acoso sexual puede definirse como insinuaciones sexuales, solicitud de favores sexuales u otros contactos verbales o físicos de naturaleza sexual, no deseados ni queridos que crean un ambiente hostil y ofensivo”, señala el análisis.
También puede ser visto como una forma de violencia contra las mujeres (y hombres, que también pueden ser objeto de acoso sexual), y como tratamiento discriminatorio. Una parte clave de la definición es la palabra «no deseado».
El acoso sexual puede adoptar una variedad de formas: incluye la violencia física y las formas más sutiles de violencia, como la coacción para forzar a alguien a hacer algo que no quiere o puede presentarse como acoso a largo plazo con chistes de contenido sexual, invitaciones constantes (no deseadas) para acudir a una cita, insinuaciones o flirteo con palabras ofensivas de naturaleza sexual. Y puede ser un incidente aislado, tocar o acariciar a alguien de manera inapropiada, o incluso el abuso sexual o la violación.
Ante ello, y al no contar con una norma que regule expresiones verbales de connotación sexual en nuestra entidad y adicional a los diversos delitos que contempla nuestro Código Penal, la diputada Remedios Olivera consideró pertinente legislar para establecer la manifestación de expresiones verbales de connotación sexual a una persona; y/o realizar tocamientos en su propia persona con intención lujuriosa, como una infracción contra la dignidad de las personas.
“Se busca establecer reglas de comportamiento cívico y promover una cultura de legalidad, en la que prevalezca la difusión adecuada del orden normativo, los derechos y obligaciones de las personas y los ciudadanos y los servidores públicos, así como el enriquecer los valores y principios colectivos; procurar e impulsar la convivencia armónica de la población; determinar las acciones para su debido cumplimiento”, dijo la legisladora.
Derechos Reservados AFmedios