Congreso de Colima aprueba leyes secundarias en materia electoral rumbo a 2015

Foto: AFmedios/Cortesía

Colima.- El Congreso estatal aprobó las reformas a las leyes secundarias en materia electoral, que definen las reglas del juego para las elecciones del año entrante.

En ellas quedó establecida la reelección de los integrantes de Ayuntamientos y diputados locales por un periodo consecutivo, las candidaturas independientes, la igualdad de género en candidaturas, así como la ampliación del porcentaje de votos para obtener una diputación plurinominal.

Las reformas aprobadas también disponen las nuevas reglas para la designación de consejeros y magistrados del Instituto Electoral y del Tribunal Electoral del Estado, establece nuevos tipos penales en materia electoral y dispone que la publicidad utilizada por partidos políticos y candidatos deberán ser de material textil, mientras que la folletería deberá estar impresa en material biodegradable.

Con 24 votos a favor y la abstención del diputado Jesús Villanueva Gutiérrez, del Partido Nueva Alianza, fue aprobado el dictamen con las reformas al Código Electoral, y en votación unánime se aprobaron la Ley del Sistema Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral y el Código Penal en su apartado de delitos electorales.

Con respecto a la igualdad de género, se establece que los partidos políticos postulen candidatos de un mismo género hasta en un 50 por ciento cuando se trate de candidaturas pares, o del 60 por ciento tratándose de candidaturas impares, en ambos caso deberán ser del mismo género el propietario y suplente.

Se incrementó de 2 a 3 puntos el porcentaje de la votación total emitida para que un partido político tenga derecho a participar en la asignación de diputados y regidores de representación proporcional y se incrementó también el porcentaje para acceder a una diputación, del 2.5% al 3%.

Dentro de las reformas, se establece que en el tema de financiamiento para partidos políticos, el Código Electoral se armoniza con lo que se ordena a los Estados en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).

Respecto a los consejeros electorales del Instituto Electoral del Estado, éstos serán designados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, incluyendo la figura del secretario ejecutivo, como lo establece la Constitución General de la República y la particular del estado de Colima.

Con relación a la elección de magistrados del Tribunal Electoral del Estado, serán electos por el Senado de la República, armonizándose el Código Electoral del Estado con los requisitos dispuestos por la LEGIPE.

Se reguló la figura de los candidatos independientes, con los mismos derechos y obligaciones que tienen los candidatos de los partidos políticos.

En ese sentido, se estableció que para ser candidato debe obtenerse un mínimo del 3 por ciento de respaldo de ciudadanos del padrón electoral de la delimitación territorial por la que se pretende competir.

La publicación de la convocatoria para el registro de candidatos independientes será a más tardar el 5 de enero, el registro de candidatos ciudadanos será en los 10 días posteriores, el proceso de respaldo ciudadano deberá presentarlo del 20 de enero al 20 de febrero y el registro se hará en las mismas fechas que los candidatos de los partidos políticos.

También se establece que las precampañas durarán hasta 30 días para el caso de la selección de candidato a gobernador, las precampañas para diputados y miembros de Ayuntamientos deberán durar hasta 20 días, iniciando a más tardar el 5 de febrero del año de la elección.

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