Colima.- Quien ejerza violencia laboral en Colima por desigualdad salarial contra la mujer, será acreedor a sanciones administrativas, esto luego de que el Congreso Local reformara la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Colima.
Las sanciones, consistentes en multa económica de hasta 200 Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 15 mil 098 pesos, y un arresto hasta por 36 horas, buscan inhibir el otorgamiento a las mujeres de un salario menor en el desempeño de un trabajo igual, realizado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales dentro de un mismo centro de trabajo.
Aprobada en votación unánime, la reforma considera violencia laboral la violación al principio de igualdad salarial entre mujeres y hombres en el desempeño de un mismo trabajo o por la realización de trabajos que generen un mismo valor.
El dictamen de la modificación a la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, iniciada por la diputada Juana Andrés Rivera, señala en la exposición de motivos que aunque la desigualdad salarial la prohíben la Constitución de la República, la Ley Federal del Trabajo, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, es necesario que la contemple la normatividad local que busca erradicar la violencia de género.
La reforma señala que también incurren en violencia laboral, y serán merecedores a las mismas sanciones, quienes impidan a las mujeres trabajadoras llevar a cabo el periodo de lactancia.
Juanita Andrés lamentó que en México no se haya concretado la igualdad en la remuneración salarial entre hombres y mujeres, lo cual transgrede los derechos y oportunidades del género femenino para desarrollar sus capacidades.
Señaló que la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos define a la brecha salarial de género, como la diferencia existente entre los salarios de los hombres y de las mujeres, brecha que en México es de las mayores entre los países miembros de la OCDE.
Congreso facilita procedimiento para presentar iniciativa popular
Con el objetivo de incentivar la participación ciudadana, el Congreso del Estado reformó la Constitución de Colima para reducir el porcentaje de ciudadanos requerido para presentar iniciativas de reforma o creación de reglamentos municipales.
Tras la reforma constitucional, se reduce de tres a dos el porcentaje de ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del municipio respectivo, para presentar iniciativa popular de reglamento municipal.
Además de la reducción en el porcentaje, se establece tomar en cuenta la lista nominal de electores y no el padrón electoral, esto con la finalidad de garantizar un porcentaje total de los ciudadanos que residen en su municipio correspondiente.
Aprobada en votación unánime, esta modificación a la Constitución de Colima, que tuvo como iniciador al diputado Héctor Magaña Lara, contempla que las iniciativas populares deberán ser dictaminadas a más tardar seis meses después de que se reciban.
“Al disminuir el porcentaje para la presentación de iniciativas, mejorarán las condiciones para que la gente participe más en decisiones en beneficio de su municipio”, señaló Magaña Lara al presentar el dictamen a favor de la reforma.
Héctor Magaña, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, estimó necesario incentivar el uso de mecanismos de participación social para que la gente tenga fácil acceso para promover iniciativas que beneficien a su comunidad, ya que el empoderamiento ciudadano es algo que se debe alentar, no limitar y mucho menos coartar.
B. P.