Con las atribuciones que le concede la Constitución del Estado y la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima, el gobernador Mario Anguiano Moreno prepara la expedición de un decreto para declarar como especie protegida a la enterolobium cyclocarpum, más conocida como Parota.
El decreto que en breve publicará el titular del Poder Ejecutivo en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, tiene como objetivo el manejo sustentable, la protección, la conservación, el aprovechamiento y la reproducción de esa especie arbórea.
Al decretar a la parota como una especie protegida para su conservación en el estado de Colima, su manejo deberá ser de forma especial para su conservación, aprovechamiento y reproducción, procurando conjuntar la participación de las entidades de los tres órdenes de gobierno, así como dueños y proveedores de terrenos agrícolas que cuenten con esa especie, prestadores de servicios técnicos forestales e industriales y sociedad en general.
Luego de que el gobernador Anguiano publique el decreto, deberá establecerse una coordinación institucional sobre regulaciones y especificaciones para plantaciones, trasplante, desarrollo de madera aserrada y otros productos forestales de la parota.
Con la declaratoria de especie protegida, las actividades de poda, trasplante y tala de árboles a realizarse en terrenos privados, deberán ejecutarse bajo las técnicas previstas para esas actividades y previo cumplimiento de las disposiciones del propio decreto que emitirá el Ejecutivo del Estado.
El decreto establecerá que en terrenos donde se pretenda realizar un aprovechamiento de cualquier tipo y que cuente con parotas, los responsables deberán presentar a la autoridad ambiental responsable un programa de reforestación y un programa de manejo de la especie.
Una vez que la parota sea declarada especie protegida, el trasplante de árboles deberá hacerse plenamente justificado y avalado por el estudios técnicos, además se hará con ejemplares cuya edad, peso, estructura y condiciones fisiológicas aseguren su sobrevivencia.
Asimismo, el decreto establece que al solicitante que incumpla con las medidas impuestas por la autorización de derribo de especímenes de parota, se le impondrá sanción de 50 árboles por árbol dañado o derribado y multa de 600 a 15 mil salarios mínimo, además de las sanciones establecidas en el Código Penal del Estado.
Luego de que la declaratoria entre en vigor, se convocará a la Semarnat, Comisión Nacional Forestal, Secretaría de Desarrollo Rural, Instituto Nacional de Investigaciones, Forestales, Agrícolas y Pecuaria, y la Universidad de Colima, a elaborar la Estrategia Estatal de Conservación y Protección de la Parota.
La declaratoria de protección de la parota no va encaminada a la prohibición absoluta del aprovechamiento de la especie, sino a emprender acciones que mejoren y aumenten su población en el Estado, así como su aprovechamiento dentro del marco de la sustentabilidad ambiental.