De acuerdo con el decreto presidencial del 17 de mayo de 2010, la Organización Mundial de la Salud OMS suprimió en 1990 la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales y a partir de entonces se celebra a nivel mundial la lucha contra la homofobia el 17 de mayo de cada año.
El Artículo 1, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe toda discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Con la celebración de la fecha se pretende generar conciencia de la obligación del Estado de:
Garantizar el reconocimiento de los derechos humanos de los grupos que se encuentran en situación de discriminación o de vulnerabilidad.
La elaboración de las políticas públicas de la Administración Pública Federal, en relación a la no discriminación por preferencia u orientación sexual.
Establecer espacios para analizar la pertinencia de reconocer la personalidad jurídica de las personas transgénero y transexuales.
Proponer acciones afirmativas que favorezcan la incorporación y permanencia de la población discriminada por preferencia u orientación sexual a las fuentes de trabajo, así como su desarrollo profesional y posibilidades de ascenso laboral.
El Estado mexicano ha suscrito un gran número de tratados internacionales en los que se establece la obligación de respetar y garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación, entre los que destacan el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. BP