Colima.- De uno a cuatro años de prisión, así como una multa económica es la propuesta del diputado Milton de Alva Gutiérrez para que se castigue penalmente la incitación al odio.
”La persona o personas que mediante cualquier medio apto para su difusión pública, incite al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión u origen nacional o étnico, orientación sexual, ideología, edad, sexo, estado civil, embarazo o cualquier otra razón que atente contra la dignidad humana, se le impondrá de uno a cuatro años de prisión y de cien a ciento cincuenta unidades de salario mínimo”, añadió.
Pidió una reforma por adición al Código Penal del Estado de Colima, a fin de incluir la expresión discriminatoria y sancionable de Incitación al Odio.
El diputado explicó que una de las aristas que subyace a la consagración del derecho a la no discriminación en nuestro ordenamiento jurídico, es el establecimiento de una institucionalidad que proteja los atentados discriminatorios del que sean objeto las personas que habitan el territorio nacional.
“No basta con una consagración a nivel constitucional meramente literal, sino que es deber del Estado crear mecanismos legales que promuevan la protección de tal derecho de una manera expedita y eficaz”, añadió.
Dijo que el atentado discriminatorio de la incitación al odio no encuentra, en nuestro derecho, una protección penal acorde.
Además, mencionó que este ilícito se podría cometer a través de la palabra o alguna acción que exteriorice una opinión discriminatoria, que revelen hostilidad o menosprecio, hacia personas o grupos de personas, para mover a quien recibe el mensaje a la violencia, al odio, o a la discriminación arbitraria en contra de los que pertenezcan a un determinado segmento de la población, identificables por características tales como la raza, la religión, el credo, etc.
“Se trataría, en consecuencia, del preludio de la violencia, o, de hacer nacer el odio”.
Pidió que se contemple el delito de “incitación al odio”, entendiéndose como las expresiones públicas en contra de una persona por razón de sexo, identidad de género, raza, procedencia étnica, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, etc.
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