El diputado por el Partido Acción Nacional (PAN), Milton de Alva pidió reformar el Código Penal del estado para incorporar la figura de desaparición forzada y pide se sancione con cárcel con una pena máxima de hasta 20 años de prisión.
La desaparición forzada de personas, agregó el legislador, ha sido considerada a lo largo de la historia como un crimen de Estado, una práctica de gobierno o de agentes de éste, con el objetivo de deshacerse de opositores políticos, eliminar evidencias de asesinatos y luego negar cualquier información sobre el paradero de los desaparecidos. “La persona desaparecida es privada legal o ilegalmente de su libertad y se desconoce su paradero, bien porque se niega la desaparición por parte de los autores del hecho o porque se informa a los interesados del lugar en el que el sujeto se encuentra”.
En ese sentido, señaló que comete el delito de desaparición forzada quien o quienes siendo agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, priven de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, impidiendo el ejercicio de los recursos legales y de las garantías pertinentes, se les impondrá de dieciocho a veintiocho años de prisión
Señaló que actualmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ha declarado a favor del delito de desaparición forzada, donde ha resuelto controversias constitucionales en las que figura este delito, y ha determinado que el plazo para la prescripción del delito de desaparición forzada de personas, empieza a correr hasta que la víctima es encontrada viva o muerta, por tratarse de un ilícito de naturaleza permanente o continua, que se consuma momento a momento durante todo el tiempo en que la víctima se encuentra desaparecida.
Por otra parte, mencionó que en América Latina, la conducta penal en mención se ha presentado en una gran cantidad de países.
“Sin embargo, Argentina y Chile se destacan, pues esta práctica ha estado ligada a pugnas políticas, golpes de Estado y dictaduras militares, totalitarias y represivas. En nuestro País, durante la guerra sucia tuvo más de quinientas denuncias por desaparición y la que más trascendió fue el caso de Rosendo Radilla un gran luchador social, desaparecido en 1974 en un retén militar en el Estado de Guerrero”, añadió.
Aunado a lo anterior, citó que el día 23 de noviembre de 2009, mediante sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso relevante del Estado Mexicano contra la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco, se condena a México para que en un plazo razonable adopte las reformas legislativas pertinentes para compatibilizar los estándares internacionales en la materia y de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
Tras argumentar ampliamente la importancia de tipificar en la entidad el delito de desaparición forzada, cabe mencionar finalmente que el proyecto de reforma fue turnado a las comisiones correspondientes.
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