Legisladores exhortan al Estado y municipios a indemnizar o reubicar a policías despedidos

Colima.- Por unanimidad, los diputados del Congreso del Estado de Colima aprobaron el Acuerdo que exhorta al Poder Ejecutivo y a los 10 Ayuntamientos para que los elementos de Seguridad Pública que sean despedidos por no aprobar el examen de control y confianza, o cualquier otro motivo que no se deba a vínculos con la delincuencia organizada, sean indemnizados o reubicados.

«Este Honorable Congreso del Estado exhorta respetuosamente a los diez Ayuntamientos de la entidad, para que al momento de notificar la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación del servicio de los elementos de seguridad pública, se les garantice la liquidación y/o indemnización que les corresponda como lo disponga la Ley. Igualmente, para que se generen las condiciones para reubicarlos, en entidades públicas o privadas, a excepción de las relativas a la seguridad pública», establece el Punto de Acuerdo presentado por el diputado priísta Noé Pinto de los Santos.

En el mismo sentido se hizo el planteamiento dirigido al Poder Ejecutivo, además de establecer que el Estado o el Municipio serán quienes integrarán el monto que se deberá pagar por concepto de indemnización al policía que se haya separado, cesado, removido o dado de baja.

El exhorto plantea la posibilidad de que a éstos elementos que han sido separados de su cargo, se les generen las condiciones para que puedan ser reubicados en entidades públicas o privadas en áreas distintas a las de seguridad pública y de procuración de justicia, siempre que el motivo de la separación no se deba a vínculos con la delincuencia organizada.

Pinto de los Santos consideró que tanto agentes del Ministerio Público como los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes señalen al momento, para permanecer en dichas instituciones, o ser removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones.

“Bajo este panorama, los integrantes de cualquier corporación policiaca federal, estatal o municipal que hayan sido despedidos injustificadamente o que sea con motivo de haber reprobado los exámenes de control y confianza, tienen derecho a ser indemnizados y recibir el pago de las prestaciones que les correspondan por Ley”.

La indemnización se prevé de manera enunciativa en el artículo 74 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el estado de Colima, sin precisar qué emolumentos comprenderá la misma, entendiéndose por indemnización “la obligación resarcitoria del Estado mediante el pago de la remuneración diaria ordinaria, así como los beneficios, recompensas, estipendios, asignaciones, gratificaciones, premios, retribuciones, subvenciones, haberes, dietas, compensaciones o cualquier otro concepto que percibía el servidor público por la prestación de sus servicios, desde que se concretó su separación, cese, remoción o baja, y hasta que se realice el pago correspondiente”.

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