Colima.- Los diputados locales aprobaron por unanimidad reformar la Ley Orgánica de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima, para adecuarla a las nuevas disposiciones federales en la materia.
Con esta ley se le otorga a la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) la facultad para formular denuncias y quejas ante las autoridades competentes en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa, sobre todo provenientes de cualquier autoridad o servidor público estatal o municipal que viole los derechos humanos fundamentales.
Además, se faculta a que en la Ley Orgánica de la Comisión de Derechos Humanos de nuestra entidad se determine la responsabilidad en que incurran las autoridades, servidores públicos y particulares que no atiendan los requerimientos de la Comisión.
Se establece que todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones que les presenten estos organismos.
Cuando las recomendaciones emitidas no fueran aceptadas o cumplidas por las autoridades o servidores públicos, éstos deberán fundar, motivar y hacer pública su negativa. El Congreso del Estado, a solicitud de la Comisión, podrá llamar a las autoridades o servidores públicos responsables para que comparezcan ante el pleno, a efecto de que expliquen el motivo de su negativa.
La Comisión tendrá facultad para ejercitar acción de inconstitucionalidad en contra de leyes expedidas por el Congreso del Estado que a consecuencia de la Inconstitucionalidad vulneren derechos humanos reconocidos en el orden jurídico a que está sujeto el Estado Mexicano, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de su publicación.
Se adiciona como una de las atribuciones de la Comisión de Derechos Humanos del Estado procurar la mediación o la conciliación de las partes, a efecto de dar inmediata solución al conflicto planteado, cuando la naturaleza del asunto lo permita.
Entre las facultades de la Visitaduría de la Comisión de Derechos Humanos se adicionó el que esta pueda iniciar discrecionalmente de oficio la investigación de las quejas que aparezcan en los medios de comunicación.
Se establece además que la Comisión destinará personal de guardia para atender las quejas a cualquier hora del día y la noche cuando la urgencia del caso lo amerite; también que las quejas podrán presentarse oralmente cuando los comparecientes no puedan escribir o sean menores de edad levantándose el acta correspondiente.
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