El Cardenal emérito de Guadalajara, Juan Sandoval, no cometió ningún delito electoral, al confirmar sentencia en Tribunal Electoral de Jalisco

Jalisco.- Después de la impugnación que realizó la ex candidata a la presidencia municipal de San Pedro Tlaquepaque Citlali Amaya de Luna, ante el Poder Judicial Federal, esto resolvió que los magistrados de Jalisco, deberían de reponer el proceso para emitir una nueva sentencia.

Al sesionar el viernes por la noche y revisar el fallo de la condena absolutoria en donde absolvieron al Cardenal emérito Juan Sandoval Iñiguez, porque sus comentarios no fueron a favor de ningún partido.

El (TRIEJAL) determinó la inexistencia de la infracción por parte de Sandoval Íñiguez, con lo que el partido Movimiento Ciudadano pierde esta inconformidad presentada por su ex candidata, y continúa firme la victoria de Laura Imelda Pérez Segura , abanderada de MORENA y sus aliados de la Coalición Sigamos Haciendo Historia.

La Secretaria Relatora del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco Gloria Martínez Alonso, expuso durante la sesión.

“En el proyecto se razona que de las expresiones analizadas en el mensaje materia de la denuncia de las pruebas allegadas así como de las diligencias realizadas por la autoridad instructora, no se tiene acreditado que lo expresado por el denunciado se encuentre identificable mente con una fuerza política o candidatura específica con motivo de que tampoco se tiene una relación de acciones de gobierno en concreto ni tampoco una ideología que pudiera ser atribuible.

Al dictar la propuesta de sentencia, esta fue aprobada por los tres magistrados que conforman el cuerpo colegiado.

“Se concluye que se está ante un mensaje ambiguo pues no se desprende que con el mismo se refiera a partido político o candidato al que pudiera afectar o beneficiar y por lo tanto que no se pueda tener plenamente acreditada la conducta prevista en el artículo 457 del codigo electoral del estado de Jalisco, en consecuencia se propone determinar la inexistencia de la infracción de violación a las normas de propaganda electoral por la vulneración del principio de separació iglesia-estado y laicidad.

Con esto confirman por segunda ocasión la sentencia absolutoria en donde el Cardenal Emerito, Juan Sandoval Iñiguez, fue declarado inocente de las acusaciones.