El testamento es seguridad y evita procesos complicados e interminables

Colima.- Lo más importante que una persona puede heredar a su familia es tranquilidad para cuando ya no esté, y ese es el objetivo de realizar un testamento, ese documento con el que ante notario se manifiesta la voluntad sobre el destino que tendrán los bienes y derechos al morir.

Septiembre es el mes del Testamento, ante ello el notario y presidente del Consejo del Colegio de Notarios del Estado de Colima, Ramón Pérez Díaz, expuso que tramitarlo con anticipación representa seguridad para la persona que otorga los bienes, evitando procesos complicados e interminables posteriores a su muerte.

Cuando la persona que fallece no deja un testamento, es decir una persona queda intestada, se debe realizar el trámite de Sucesión Legítima, en el cual probablemente puedan presentarse problemáticas entre hijos, conyuge u otros familiares, pues de no llegar a un común acuerdo el trámite puede volverse un proceso largo y desgastante.

Lo primero es acudir a un abogado o notario con la finalidad de que se tramite el juicio; se deberá presentar el documento Denuncia de Sucesorio, acompañado del acta de defunción, los justificantes del parentesco, tanto como el acta de matrimonio y actas de nacimiento de los hijos.

El no ponerse de acuerdo, además de presentar un proceso tedioso, hace que los bienes o el patrimonio se deterioren, no pueden hacer uso de ellos.

La ley prevé que una persona a partir de los 16 años puede otorgar su testamento, sin embargo muchas personas por decidia lo dejan para después, porque no lo sienten urgente o necesario.

“Lo ideal es que se otorgue el testamento y con ello se evitan dificultades posteriores, quiero pensar que una persona que quiere disponer de su patrimonio tienen uno o varios bienes, pero su opinión, su voluntad es que esos bienes se apliquen a tal o cual heredero, no a todos, es válido, pues nadie puede coartar esa libertad que tiene el testador.”

Pérez Díaz detalló que aún cuando no se tengan bienes, el testamento puede ser muy versátil, ya que admite cualquier redacción en cuanto a los bienes, lo mismo puede suceder que se realice una relación de los bienes que ya se tienen o considerar los bienes futuros.

“No debe ser por urgencia sino por una tranquilidad, de que lo que yo plasmé en este documento es lo que se va a cumplir cuando yo deje de estar en esta vida, se suele presentar que bajo la urgencia de una enfermedad, una persona internada en un centro hospitalario es cuando se le viene la urgencia de otorgar el testamento. Se puede siempre y cuando esté en su plena capacidad, pero es complicado porque hay que acudir al centro hospitalario, interactuar con enfermeras y medicinas, y cabe la posibilidad que al hacerlo con urgencia pueda equivocarse.”

En el caso de que los familiares no se pongan de acuerdo y que los bienes continúen en deterioro, los Ayuntamientos municipales a través de las direcciones correspondientes, como Desarrollo Urbano, Catastro o incluso la Secretaría de Salud, pueden determinar ciertos requerimientos, por mal aspecto o situaciones de insalubridad, pero definitivamente habiendo herederos, así no se pongan de acuerdo, el gobierno no puede hacer nada con relación a esos bienes, no pueden quitar la propiedad.

“Solo que dejaran de pagar impuestos prediales, entonces el Ayuntamiento podría embargar esos bienes, pero es mediante otro procedimiento y en el cual se pueden defender los herederos, el único caso sería la beneficencia pública, que es cuando una persona carece de herederos, no tiene familiares ni cercano, ni remotos.”

Por la campaña «Septiembre, mes del testamento» se tiene un descuento del 50 por ciento en su trámite, es decir mil 500 pesos, cuando habitualmente el resto del año su costo es arriba de los 3 mil pesos, dependiendo de la relación de bienes que se tengan.

Los mitos

Cabe destacar que existen diferentes mitos al momento de realizar testamentos, uno de los principales, señala Ramón Pérez, es que si no se otorga el testamento se puede perder el patrimonio, lo cual no es verdad.

Otra idea que se tiene es que si se otorga el testamento está implícito que la persona está por fallecer, siendo totalmente falso, pues el documento puede realizarse para así prevenir situaciones complejas y desgastantes.

El testamento no es definitivo, puede ser modificable en cualquier momento y situación, ya sea que las circunstancias cambien, tanto del patrimonio o de los herederos.

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