Ciudad de México.- La Comisión de Igualdad de Género, presidida por la diputada Wendy Briceño Zuloaga, aprobó cuatro dictámenes para sancionar la violencia contra las mujeres, garantizar los derechos de las migrantes, ampliar la red de refugios para protegerlas de la violencia y evitar la discriminación por orientación sexual, así como una opinión para insertar el lenguaje incluyente en la Constitución Política.
En reunión semipresencial, Briceño Zuloaga afirmó que los dictámenes avalados por la Comisión son muy importantes. Todos de gran impacto para el avance de los derechos de las niñas y mujeres.
Una vez aprobada en comisión, la iniciativa pasará al pleno para su discusión y, en su caso, aprobación.
Protección a mujeres migrantes
El primero que fue aprobado es el dictamen que reforma los artículos 41 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de establecer que son facultades y obligaciones de la Federación realizar las acciones necesarias a efecto de promover, salvaguardar y garantizar los derechos humanos de las mujeres migrantes, en los términos de las leyes en la materia.
La presidenta de la Comisión explicó que el objetivo de esta modificación es asegurar la difusión, promoción y tutela de los derechos de las mujeres migrantes, coadyuvando con instituciones públicas, privadas, asociaciones civiles y no gubernamentales con el fin que, durante su estadía en México, este grupo tengan una vida libre de discriminación y violencia.
Indicó que hoy las mujeres migran tanto como los hombres y con los mismos efectos económicos, siendo sus principales causas las económicas como pobreza y desempleo, sociales como la discriminación, y las criminales como la corrupción, y la violencia organizada.
La presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios, Julieta Vences Valencia (Morena), afirmó que con esta reforma habrá mejores condiciones para las mujeres migrantes que buscan mejores condiciones de vida, porque en sus países de origen no pueden salir adelante, pero en el traslado sufren de mayor violencia y discriminación, pues es más complicado viajar sola o con menores.
Incorporar en la Constitución lenguaje incluyente y perspectiva de género
Las integrantes de la Comisión ratificaron en positivo, por unanimidad, la opinión, con modificaciones, sobre la iniciativa con proyecto de decreto para reformar diversas disposiciones de la Constitución Política en materia de lenguaje incluyente y perspectiva de género, suscrita por las diputadas Rocío Barrera Badillo y María Wendy Briceño Zuloaga, ambas de Morena.
Briceño Zuloaga planteó que la importancia de modificar la Carta Magna es permearla de un lenguaje inclusivo que haga visibles a las mujeres.
El objetivo es eliminar la visión androcéntrica que ha mantenido a las mujeres en una interpretación masculina durante décadas, viviendo las exclusiones de nuestros derechos, afirmó.
Se propone el uso de palabras de género neutro, el desdoblamiento de lenguaje en expresiones referidas a cargos y empleos, y desmasculinización de los mismos, así como desterrar del texto constitucional el uso del masculino genérico, que no considera ni visibiliza ni representa a las mujeres, explicó.
En el lenguaje se manifiestan las asimetrías, desigualdades y brechas entre los sexos, donde inciden juicios, valores y prejuicios que se aprenden y se enseñan que conforman maneras de pensar y percibir la realidad, añadió. La opinión se remitió a la Comisión de Puntos Constitucionales, que dictaminará la iniciativa.
Aprueban incluir los ataques con ácidos u otras sustancias tóxicas
En el mismo sentido, se aprobó el dictamen que reforma el artículo 6 fracción II “Violencia Física”, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir en los tipos de violencia contra las mujeres el daño mediante algún tipo de sustancias corrosivas y/o toxicas.
La diputada Briceño Zuloaga explicó que la violencia de género se ha incrementado y transformado, y una de las formas más brutales e inhumanas han sido los ataques con sustancias, siendo la más común usando ácido sulfúrico o clorhídrico, toda vez que las mujeres sufren daños irreversibles en su cuerpo, quemaduras de diferentes grados, que provocan también dermatitis, intoxicación, problemas respiratorios o diversas discapacidades como la pérdida de la visión.
Ampliar red de refugios para mujeres violentadas
También, las diputadas aprobaron por unanimidad, con modificaciones, el dictamen para reformar los artículos 48, 49 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de priorizar y garantizar la creación, operación y fortalecimiento de al menos un refugio para mujeres, hijas e hijos, víctimas de violencia en cada municipio o alcaldía, en las entidades federativas y en la Ciudad de México, que reúna las condiciones de seguridad para su protección integral.
La iniciativa suscrita por la legisladora María Elena García Gómez e integrantes del PAN, precisa que en caso de que un municipio o alcaldía no reúna las condiciones necesarias para la instalación de un refugio, de acuerdo con lo establecido en el modelo, se garantizará que cuenten con una casa de emergencia y/o de transición vinculada al refugio donde se brindará atención inmediata de corta estancia, conforme con la situación particular de cada mujer para que sean atendidas y protegidas, cuyo domicilio no es del dominio público.
Asimismo, celebrar convenios con los gobiernos estatales para que prioricen la creación, operación o fortalecimiento de refugios para víctimas, a sus hijas e hijos, sobre todo, en los municipios con mayor índice de violencia contra las mujeres, cuyos gobiernos deberán priorizar esta atención.
En conjunto con las legislaturas, deberán adoptar, desarrollar y reformar los ordenamientos jurídicos necesarios y designar partidas presupuestales específicas para alcanzar ese propósito.
Aprueban reformas en contra de la discriminación por orientación sexual
Aprobaron también reformas a la fracción III del párrafo segundo del artículo 1 y la fracción XXVIII del artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, con el fin de precisar que se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base por la orientación sexual, la identidad y expresión de género.
De igual forma para considerar como discriminación el realizar o promover violencia física, sexual, o psicológica, patrimonial o económica por la orientación sexual, identidad y expresión de género.
Modifica, además, artículo 3 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, para puntualizar que son sujetos de los derechos que establece esta ley, las mujeres y los hombres que se encuentren en territorio nacional, independientemente de orientación sexual, identidad y expresión de género. BP