Falta Brenda la mitad desde que ganó alcaldía

Colima.- De acuerdo a información recabada por AFMEDIOS, la diputada local y alcaldesa electa de Villa de Álvarez, Brenda Gutiérrez Vega, ha faltado a la mitad de las sesiones del Congreso local desde que ganó la elección municipal.

Aunque podría haberse separada del cargo, para no faltar tanto y dedicarse al 100 por ciento a su proxima responsabilidad, no lo hizo.

De acuerdo al diario de debates, disponible en la página de Internet del Congreso local, se ha convocado a 18 sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, desde julio hasta el 24 de septiembre.

De las cuales la diputada panista ha faltado en 9 ocasiones, 8 con justificación y una sin justificación.

De estas sesiones, 2 han sido ordinarias, 4 extraordinarias, 3 solemnes.

El presidente del Congreso local, Luis Gaitán Cabrera, dijo en entrevista que la diputada local ha llamado para justificarse de asistir y que eso es legal y no genera ninguna sansión.

De acuerdo al legislador priista todos los diputados pueden faltar las veces que sean necesarias siempre y cuando llamen para justificar la inasistencia, pero si un diputado falta 3 veces sin justificación, se llama inmediatamente al legislador suplente para que ocupe su lugar.

“Bueno ella nos ha llamado para justificar algunas ausencias, pero bueno no tengo el dato de cuantas faltas lleva, repito ella ha tenido algunas actividades de capacitación por parte de su partido y nos ha llamado para justificarla, pero no tengo a la mano el número de faltas que ella tiene”, explicó.

“Con tres faltas sin justificación se manda llamar al suplente, tres consecutivas sin justificación se manda llamar al suplente, pero si llama para justificar no hay ningún problema, por que se entiende que la justificación es por algo que realiza”.

Lo que dice la Ley

Artículo 14.- Se justificará la ausencia de un Diputado cuando previamente a la sesión a la que falte haya dado aviso en forma verbal o por escrito a la Directiva del Congreso, exponiendo el motivo de su inasistencia, que será calificado por ésta, para justificarla o no.

Si la falta fuere del Presidente, el aviso deberá darlo al Vicepresidente y en ausencia de éste, a cualquiera de los Secretarios.

La falta sin previo aviso sólo se justificará en casos de fuerza mayor debidamente acreditada, comunicándolo al Presidente inmediatamente después de que desaparezca la imposibilidad.

En todo caso, el nombre de los Diputados que no concurran a las sesiones, se hará constar en el acta respectiva, en la que se expresará si existe o no justificación.

Si faltaren sin causa justificada, no tendrán derecho a recibir la remuneración correspondiente a las sesiones a que falten.

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