Villa de Álvarez, Col.- Como parte del programa de Regularización del Estado Civil de las Personas, el Ayuntamiento de Villa de Álvarez y el Patronato de los Festejos Charrotaurinos realizarán la jornada “Matrimonios Colectivos 2022” en la Plaza de Toros La Petatera.
Primero el Cabildo Villalvarense y después el Patronato de los Festejos, a iniciativa de la Alcaldesa Tey Gutiérrez aprobaron realizar los “Matrimonios Colectivos 2022” el próximo 14 de febrero en las instalaciones de La Petatera.
La Presidenta Municipal explicó que el programa de Regularización del Estado Civil de las Personas del DIF Villa de Álvarez, con la jornada de “Matrimonios Colectivos 2022”, busca brindar certeza jurídica en cuanto a la convivencia y el patrimonio inherente en la conformación de las familias Villalvarenses.
Aclaró que en beneficio de las parejas del municipio, a quienes participen en la jornada ello no les representará ningún gasto económico, pues el Cabildo de Villa de Álvarez aprobó la tarifa cero para el pago de su matrimonio.
Las personas de Villa de Álvarez que estén interesadas en regularizar su estado civil, deberán presentar su documentación en las instalaciones del DIF Municipal de Villa de Álvarez, en horario de 8:30 a 15:00 horas.
La documentación a presentar es la siguiente:
1.- Acta de nacimiento original y tres copias de cada contrayente, que sean legibles, sin tachaduras y enmendaduras.
2.- Certificados médicos e interpretación de los análisis, de cualquier institución oficial de salud como IMSS, ISSSTE, CRUZ ROJA, Secretaria de Salud.
4.- Constancia de pláticas prenupciales en el Consejo Estatal de Población.
5.- Constancia de soltería, que se expide en el lugar en donde están registrados, requisito que aplica sólo en caso de no estar registrados en el municipio de Villa de Álvarez.
6.- Copia de identificación oficial vigente de los contrayentes.
7.- Acta de divorcio original y una copia o resolución de nulidad de matrimonio, si alguno o ambos de los contrayentes fue casado.
8.- Acta de defunción y una copia del cónyuge fallecido, si alguno de los contrayentes es viuda o viudo.