Ciudad de México.- En atención a las necesidades de la población del sismo del 19 de septiembre, el Gobierno Federal elaboró un esquema de apoyo que facilitará iniciar la reconstrucción y reparación de las viviendas, además de reactivar la actividad económica en las comunidades.
Las personas físicas de la Ciudad de México; Cuernavaca y Jiutepec, en Morelos; Cuautlancingo, Puebla, Cholula, San Martín Texmelucan y San Miguel Xoxtla, en Puebla; y Tlaxcala, Papalotla de Xicohtén, Xicohtzinco y Apizaco, en Tlaxcala, tendrán acceso a créditos preferenciales con recursos federales, estatales o municipales, para la reconstrucción o reparación de sus viviendas según el grado de afectación que registren.
Los créditos serán provistos por la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) y el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (FOVI).
Los programas de crédito se otorgarán en la medida en que se tenga disponible el censo de daños, sus respectivos dictámenes y sean suscritos los acuerdos de colaboración entre el gobierno federal y los gobiernos locales.
Entre los productos crediticios preferenciales se encontrarán créditos hipotecarios para adquisición, reconstrucción y atención de daños estructurales parciales de vivienda.
De forma complementaria, en las ciudades mencionadas, las personas físicas que sufrieron pérdida total de sus inmuebles estarán exentas del pago de ISR por ingresos de la venta del terreno que albergaba su vivienda, siempre que el monto no exceda de 700 mil unidades de inversión y se cuente con la documentación que sustente la pérdida.
En caso de que la venta sea superior a la cantidad mencionada, el pago del ISR corresponderá sólo a la ganancia realizada por arriba de dicho umbral.
Para el resto de los municipios de Guerrero, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, declarados en emergencia, las familias afectadas recibirán recursos directos del Fonden, al igual que en los estados de Chiapas y Oaxaca.
Se entregarán apoyos para la reconstrucción de vivienda, según el tipo de daño y sustentado en un censo previamente levantado por SEDATU.
Adicionalmente, estos municipios serán beneficiados por los siguientes incentivos fiscales:
- Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales de ISR correspondiente a los meses de septiembre a diciembre de 2017.
- Se difiere la obligación de presentar las declaraciones del quinto y sexto bimestres de 2017 a los contribuyentes sujetos al Régimen de Incorporación Fiscal.
- Se deducen de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo que realicen durante el periodo comprendido entre el 19 de septiembre de 2017 y el 31 de marzo de 2018 en las zonas afectadas.
- Se enteran las retenciones de ISR por los trabajadores en 3 parcialidades respecto de los pagos por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.
- Se difiere en 3 parcialidades el pago definitivo de IVA y IEPS correspondientes al periodo de septiembre a diciembre de 2017.
- Las solicitudes de devolución de IVA que se hayan presentado antes del 29 de septiembre se tramitarán en un máximo de 10 días.
- Los contribuyentes dedicados exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, que opten por realizar pagos provisionales semestrales conforme a la Resolución de Facilidades Administrativas, durante el segundo semestre de 2017, podrán presentar mensualmente las declaraciones del impuesto al valor agregado correspondientes a dicho semestre. BP