México.- El Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (Conapred), emitió un comunicado en el que subraya que el Estado mexicano no reconoce un solo tipo de familia en particular o un “modelo de familia ideal”, sino que lo que protege es a la familia como realidad social.
En el concepto de familia, incluye familias nucleares compuestas por padres y madres, e hijas e hijos (biológicos o adoptivos), monoparentales compuestas por un padre o una madre e hijas e hijos; extensas o consanguíneas que se extienden a varias generaciones, homoparentales o lesbomaternales integradas por padres o madres con la posibilidad de tener hijos e hijas (biológicos o adoptivos) o no tenerlos.
Señala que en su Censo Nacional de Población y Vivienda 2010, el INEGI expone que sólo 40.7 por ciento de los hogares están habitados por parejas heterosexuales casadas y con hijos comunes a ambos cónyuges.
La mayoría restante consiste en parejas en unión libre (16.6%) y personas que viven solas (9.4%), así como en hogares con una jefa sola (16.3%) o un jefe solo (4.4%).
“El reconocimiento a los diversos tipos de familias que ha hecho el máximo tribunal en México, encuentra su fundamento en el principio de que todas las personas somos libres e iguales en derechos y dignidad. Libres para determinar a quién amar y con quien compartir la vida. E iguales en dignidad para tener el derecho a formar una familia y que sea protegida por el Estado”.
De acuerdo con la tesis de jurisprudencia (1ª./J.46/2015) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las parejas homosexuales tienen el mismo derecho a contraer matrimonio que las parejas heterosexuales.
No reconocerlo, de acuerdo con la Corte, implicaría una ofensa a su dignidad y a su integridad.
Subraya que en un Estado laico y democrático, “no es aceptable la imposición de ideología o creencia alguna por encima del reconocimiento de los derechos humanos”. BP