Colima.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) de Colima, determinó la procedencia del cumplimiento por parte de la Agrupación Política “Movimiento Alternativo Colimense” sobre las observaciones hechas en el punto QUINTO de la Resolución IEE/CG/R004/2020 del Periodo Interproceso 2018-2020, por la que se les otorgó su registro como tal.

El IEE ordenó notificar la presente Resolución como corresponda, por conducto del Secretario Ejecutivo, a la Agrupación Política “Movimiento Alternativo Colimense”, a través de su representante, la C. Laura Elena Gaytán Cárdenas, así como al Instituto Nacional Electoral a través de su Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales; a los partidos políticos acreditados y con registro ante el Consejo General; a los Consejos Municipales Electorales, a las y los integrantes del Órgano Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado; a fin de que surtan los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

Lo anterior durante la Primera Sesión Extraordinaria del Proceso Electoral Local 2020-2021, que se realizó a partir de las 11:00 horas de este viernes 30 de octubre del año en curso.

En las observaciones hechas en el punto QUINTO de la Resolución IEE/CG/R004/2020 del Periodo Interproceso 2018-2020 se advertía que en los Estatutos del partido no aparecía el derecho a la no discriminación, además de que brindaran claridad respecto al proceso que siguió dicha Agrupación Política para llevar a cabo la modificación de sus documentos básicos, toda vez que se encontraron diversas inconsistencias en los documentos relativos a las sesiones mediante las cuales presuntamente se aprobaron las reformas a sus documentos básicos por el órgano estatutario facultado para tales efectos.

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