Colima.- El diputado local José Manuel Romero, presentó una iniciativa con proyecto de Decreto para expedir la Ley que fija las Bases para las Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios.
El pasado 24 de agosto de 2009, el Diario Oficial de la Federación publicó una reforma a varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellos el 127, en donde se menciona que los servidores públicos de la Federación, de los Estados y de los Municipios, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.
Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes.
Romero Coello informó que en el Artículo Cuarto Transitorio de este Decreto se concedió un plazo de 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor, para que las legislaturas de los Estados expidan o adecuen la legislación con el fin de regular las remuneraciones de los servidores públicos.
El plazo concluye el 20 de febrero del año en curso.
Por ello el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales señaló que Colima carece de un ordenamiento específico en la materia mencionada.
“De ahí que se recurriera al Derecho Comparado nacional para formular un documento consistente y amplio. Muy pocas Entidades federativas cuentan ya con un ordenamiento de estas características. En tal virtud, sujetándonos a un criterio jurídico claro y con sentido común, se tomaron de dichas entidades las disposiciones adecuadas y pertinentes para adecuar su contenido de una manera conveniente y concordante con nuestro sistema de legislación estatal”, afirmó el priísta.
Dijo que entre las entidades federativas que ya cuentan con legislaciones similares, menciono las de Nuevo León, Michoacán y San Luis Potosí, agregando que la presente iniciativa consta de cuatro capítulos y 36 artículos, más cinco artículos transitorios.
En el Capítulo Primero establecen las disposiciones generales como el carácter y objeto de la Ley, sus excepciones, los principios que regulan la percepción de remuneraciones, la clasificación de los servidores públicos y la explicación de los términos utilizados.
El Capítulo Segundo se refiere al régimen de las remuneraciones de los servidores públicos, el cual constituye el objeto central de la presente propuesta de ley, de conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En el Capítulo siguiente, el Tercero, se regula la integración y facultades de la Comisión de Remuneraciones de los Servidores Públicos, órgano encargado de proponer los criterios que servirán de base para determinar las remuneraciones salariales de los servidores públicos.
Finalmente, en el último Capítulo, el Cuarto, se determina lo relativo a los tabuladores de remuneraciones, manuales de administración de remuneraciones y catálogos generales de puestos de los servidores públicos obligados por la Ley.
Romero Coello consideró que esta propuesta legislativa se ajusta cabalmente a las disposiciones que en materia de remuneración de los servidores públicos de nuestra Entidad, establece la Constitución Política de nuestro país.
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