Colima.- La tarde de este viernes 5 de abril, el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría General de Gobierno, en conjunto con representantes del H. Congreso del Estado y de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima, dio a conocer la convocatoria pública para quien desee aspirar al cargo de titular de la recién creada Comisión Estatal de Búsqueda de Personas.

La consulta pública está dirigida a colectivos de víctimas, personas expertas, así como organizaciones de la sociedad civil relacionadas y especializadas en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y búsqueda de personas.

Las personas propuestas para ocupar el cargo de titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Ley que crea la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Colima, que establece lo siguiente:

Artículo 5º. Para ser Titular de la Comisión Estatal, se requiere:

I. Ser ciudadana o ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. No haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público;

III. Contar con título o cédula profesional, expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello;

IV. No haber desempeñado cargo de dirigente nacional, estatal o municipal en algún partido político, dentro de los dos años previos a su nombramiento;

V. Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público, en la sociedad civil o académicas relacionadas con la materia, por lo menos en los dos años previos a su nombramiento; y

VI. Contar con conocimientos y experiencia en derechos humanos y búsqueda de personas, y preferentemente con conocimientos en ciencias forenses o investigación criminal.

En el nombramiento de la persona titular de la Comisión Estatal, debe garantizarse el respeto a los principios que prevé esta Ley, especialmente los de enfoque transversal de género, diferencial y de no discriminación.

La persona titular de la Comisión Estatal no podrá tener ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo en instituciones docentes, científicas o de beneficencia.

La convocatoria completa puede consultarse en la dirección web de la Secretaría General de Gobierno: www.col.gob.mx/secretariageneral/contenido/MzQ2ODI=