El delegado de la Profepa en Colima, Ciro Hurtado Ramos, manifestó que en fechas recientes en las redes sociales se publicó una presunta venta de fauna silvestre, concretamente cría de cocodrilo, especie protegida por la NOM-059-SEMARNAT-2010, sin embargo el funcionario federal aclaró que esta información no se oficializó como denuncia ambiental en la dependencia a su cargo, además de que se trató de contactar con el involucrado vía Facebook, pero éste inmediatamente bajó sus servicios de la red.
Dejó en claro que bajo ciertas circunstancias un particular podrá tener un cocodrilo u otro ejemplar de fauna silvestre en cautiverio, y entre éstas citó el contar con la autorización correspondiente que extiende la Semarnat; sin embargo, no se descarta que dicha especie no sea endémica de México y que haya sido introducida de otro país con un pedimento de importación y su autorización CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).
Hurtado Ramos recomendó que al momento que se adquiera un ejemplar de vida silvestre con el fin de mantenerlo en cautiverio, es fundamental preguntar si está bajo protección especial, de dónde proviene y si requiere de autorizaciones y/o permisos, así como de otro tipo de documentos.
Reveló que en México existen normas oficiales y leyes que prohíben el comercio ilegal de flora y fauna silvestre, así como sus partes o derivados, y entre éstos citó las cotorritas atoleras, loros, iguanas, cocodrilos, huevos y carne de tortuga, entre otros.
Advirtió el delegado de la Profepa que las sanciones a que se hacen acreedores quienes poseen, trasladen, exporten, importen y/o comercialicen de manera ilegal fauna silvestre o realicen actos que contravengan, de acuerdo a la Ley General de Vida Silvestre, el trato digno y respetuoso de los ejemplares, son el equivalente de 50 a 50 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, y en caso de reincidencia, el monto de la multa podrá ser hasta por dos veces el monto originalmente impuesto.
Hizo saber que igualmente el Código Penal Federal asienta, en su artículo 420, que “se impondrá pena de 1 a 9 años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días multa, a quien ilícitamente realice cualquier actividad con fines de tráfico o capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo algún ejemplar, sus productos o subproductos y demás recursos genéticos de una especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción o sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte”.
Por lo anterior, reiteró en el llamado a no comprar ejemplares de tortuga marina, cocodrilos, cotorritas atoleras, loros, iguanas y otras especies, dado que, dijo, paralelamente a ello se adquieren problemas de tipo punitivo y se afecta el medio ambiente y los recursos naturales.
Para finalizar, Hurtado Ramos instó a la población a que si se conoce a alguien que se dedique a la comercialización de algún ejemplar en peligro de extinción, presente la denuncia ambiental correspondiente a los teléfonos 312 31 41829, 312 31 27473, 312 31 23874 y 312 33 044 50, o acuda a Av. Rey Colimán No. 425, en la zona centro de esta ciudad capital. BP {jathumbnail off}