México.- De acuerdo al diario El Universal, el presidente de la República, Felipe Calderón Hinojosa promueve un juicio ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del gobernador de Colima, Jesús Silverio Cavazos Ceballos.
De acuerdo al portal del diario nacional, el juicio fue por haber emitido un decreto con el cual se prohíbe ingresar ganado a pie o carne procesada de tipo porcino, si no tiene permiso del estado de Colima.
En la demanda Calderón Hinojosa reclama que esa facultad es exclusiva del gobierno federal el reglamentar y emitir los permisos necesarios en torno a la introducción y movilización de ganado porcino en todo el país y que, por lo mismo, el gobernador de Colima violó diversos artículos de la Constitución al asumir atribuciones que no tiene.
La demanda del Ejecutivo federal fue admitida, bajo el número 63/2009, por el ministro Sergio Aguirre Anguiano, quien, como primera medida, le pidió al gobernador Jesús Silverio Cavazos Ceballos que responda a los señalamientos del presidente Felipe Calderón.
El Presidente pide anular el decreto que contiene las disposiciones que deberán acatar los productores e introductores para la movilización de ganado porcino, carne en canal o procesado en el estado de Colima.
El decreto entró en vigor en mayo pasado.
El decreto señala “cualquier persona, organización, agrupación o asociación que pretenda movilizar e introducir ganado porcino en pie, carne en canal o procesado para su comercialización en el estado, deberá contar con un permiso vigente de internación expedido por la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado (Seder).
Esta medida se desprendió luego de que la Seder en Colima detectó que el estado de Jalisco estaba introduciendo ganado porcino no apto para el consumo de los colimenses e incluso lo hacia por brechas y caminos.
“Sin la presentación de este permiso, no podrá ingresar al territorio estatal ninguna cabeza de ganado o producto en canal porcino…., el período de permanencia autorizado para el ganado porcino que ingrese para sacrificio a los rastros de los municipios del estado será de un máximo de 36 horas; dentro de este tiempo, se consideran de 12 a 24 horas como reposo que deben de guardar los animales antes del sacrificio…”, señala el decreto.