Colima.-Con el propósito de mantener los niveles de abundancia y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos marinos, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) publicó el Acuerdo mediante el cual establece veda temporal para la pesca comercial de túnidos con embarcaciones atuneras de bandera mexicana, de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo, que utilizan redes de cerco.
De acuerdo con la Opinión Técnica del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura y acorde con las recomendaciones científicas para la conservación de los atunes en el Océano Pacífico Oriental, presentadas en la 91a. Reunión extraordinaria de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) en 2017, la restricción de captura se aplicará en aguas de jurisdicción federal mexicanas del Océano Pacífico, así como en altamar y aguas jurisdiccionales extranjeras que se encuentran en el área de regulación de la CIAT.
Conforme al documento publicado en el Diario Oficial de la Federación, la veda tendrá vigencia en los siguientes periodos:
De las 00:00 horas del día 29 de julio hasta las 24:00 horas del día 28 de septiembre de 2017.
En el documento se especifica que de forma alternativa, los titulares de permisos y concesiones de pesca comercial para embarcaciones atuneras de bandera mexicana de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo que utilizan redes de cerco, en aguas nacionales del Océano Pacífico, así como en altamar y aguas jurisdiccionales extranjeras del Océano Pacífico Oriental (OPO), se podrán sujetar al siguiente periodo de veda que entrará en vigor de las 00:00 horas del día 18 de noviembre de 2017 hasta las 24:00 horas del día 18 de enero de 2018.
Precisa el Acuerdo que el representante legal de cada embarcación deberá notificar en la Subdelegación de Pesca u Oficina de la CONAPESCA más cercana de su puerto base, mediante escrito libre, a más tardar el día 21 de julio de 2017, su voluntad de respetar el periodo de veda establecido del 29 de julio al 28 de septiembre de 2017, en caso de no recibirse dicha notificación en tiempo y forma, se deberá de respetar el periodo de veda establecido del 18 de noviembre de 2017 al 18 de enero de 2018.
Se establece también veda temporal para la pesca comercial de las diferentes especies de atún con embarcaciones atuneras de cerco, de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo, con bandera mexicana, desde las 00:00 horas del 29 de septiembre hasta las 24:00 horas del 29 de octubre de 2017, en la zona comprendida entre los 96° y 110° Oeste y los 4° Norte y 3° Sur, dentro del Océano Pacífico Oriental.
Aclara la CONAPESCA que se exceptúa de la observancia del periodo de veda y la prohibición establecida mediante el presente Acuerdo, a las embarcaciones atuneras de vara, pesca deportivo-recreativa y a las embarcaciones cerqueras menores a 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo.
Indica que las personas que en la fecha de inicio de la veda mantengan existencias de túnidos en estado fresco, enhielado, congelado, cocido, seco, o en cualquier otra forma de conservación, deberán formular inventario conforme al formato respectivo emitido por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA).
Para el puntual cumplimiento de las disposiciones establecidas en este Acuerdo, la supervisión y vigilancia estarán a cargo de la Secretaría de Marina y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la CONAPESCA, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias. BP.