Colima.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido el artículo 144 del recién aprobado Código Electoral del Estado de Colima, después de que el PRD y Morena presentaron una acción de inconstitucionalidad.
Este artículo prohibía incluir nombres, imágenes, voces o logotipos que implicaran la promoción personalizada de cualquier servidor público, y la SCJN consideró que los estados no tienen facultades para legislar sobre propaganda gubernamental.
El presidente del Congreso del Estado, Martín Flores Castañeda, aseguró que este es el único artículo que determinó improcedente la Suprema Corte, a pesar de que en medios nacionales trascendió que también se invalidó el artículo 235.
“Nos dicen que no es nuestra competencia, no es nuestra esfera, y tendremos que acatar lo que establece la Constitución Federal y la Legipe (Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales)”.
Sin embargo, los diputados locales desconocen en qué sentido viene la resolución, pues aún no han sido oficialmente notificados, sólo están enterados por lo que su equipo jurídico rescató de la sesión de la Corte.
Martín Flores enfatizó en que PRD y Morena impugnaron más artículos del Código Electoral, e incluso todo el capítulo referente a candidaturas independientes, pero la Suprema Corte falló en su contra, dejando en firme lo aprobado en Colima.
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