México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) este martes declaró inválido el artículo 259 del código electoral de Colima que establece los lineamientos de la fórmula de designación de diputados plurinominales en la conformación del Congreso del estado.
En la discusión de este día, que fue transmitida en vivo, los magistrados de la SCJN por unanimidad, declararon inválido dicho artículo.
El análisis del Código Electoral se deriva del recurso de impugnación que el Partido Acción Nacional y la Procuraduría General de la República (PGR) habían presentado.
También, el día de ayer la SCJN declaró inválidos los artículos referentes a la redistritación y al recuento de los votos.
• SCJN invalida artículos
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En la discusión de hoy, la magistrada Margarita Luna Ramos consideró desigual la fórmula de designación de diputados de representación proporcional dado que beneficia en mayor medida al partido ganador de las elecciones, y ejemplificó que en la actual composición del congreso estatal, el PRI alcanzó cinco diputados plurinominales mientras que el PAN tuvo tres, con una mínima variación porcentual en las elecciones entre ambos partidos, lo que llevó al tricolor a estar “sobrerrepresentado en la actual legislatura”.
Igual que la ministra, se expresaron los magistrados Olga Sánchez Cordero, Guillermo Ortiz Mayagoita, Jorge Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío Díaz, Luis María Aguilar, Juan Silva Meza, José Fernando Franco González-Salas, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quienes coincidieron en que había inconstitucionalidad del artículo.
Con el fallo, el Congreso del Estado tendrá que reponer el procedimiento y hacer las adecuaciones a la fórmula de designación de diputados para que tome efecto en las próximas elecciones.
Los magistrados dictaron un receso para reanudar la sesión el día jueves, cuando determinarán el proceso que deberá seguir el Instituto Electoral del Estado ante estos resolutivos.
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