Ciudad de México.- La Secretaría de Salud emitió un comunicado donde anunció que, junto con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), armonizarán las disposiciones del uso terapéutico de la cannabis y sus derivados.
La aclaración surgió después de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenara a la Secretaría de Salud que acatase la sentencia emitida en el amparo en revisión 57/2019.
Dicho amparo aborda el caso de un menor de edad con diagnóstico de epilepsia a quien le fue recomendado sustituir el medicamento que tomaba para controlarlo, por una preparación con aceite de cannabidiol (CBD), pues su cuerpo generó tolerancia a la anterior sustancia.
La SCJN señaló que desde el 20 de junio de 2017, la ley de salud fue reformada para permitir el uso de la cannabis y sus derivados, entre ellos el tetrahidrocannabinol (THC), exclusivamente para fines médicos.
“Para cumplir lo anterior, en el artículo cuarto transitorio de este decreto se ordenó a la Secretaría de Salud que armonizara los reglamentos y la normatividad correspondiente en un plazo de 180 días.”
La Corte consideró que la falta de armonización de las disposiciones constituye omisión que afecta los derechos fundamentales de las personas, y en este caso particular, a los menores de edad.
De ahí que la Secretaría de Salud anunciara que cumplirá el ordenamiento de la Segunda Sala, para garantizar que se le brinde el tratamiento médico el menor para su padecimiento.
La Secretaría anunció que ya iniciaron los trabajos en las áreas involucradas como la Oficina de la Abogada General, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) y los Servicios de Atención Psiquiátrica (SAP).
La Corte determinó que la Secretaría de Salud deberá cumplir con esta disposición en un plazo de 180 días (seis meses) y garantizar el tratamiento médico integral que requiere el paciente.
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