Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a la controversia constitucional del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) contra el ‘decretazo’ del Presidente Andrés Manuel López Obrador, que tenía como fin declarar a toda obra de infraestructura durante su gobierno de seguridad nacional, por lo tanto, imposible acceder a información relacionada con dichas obras.
Lo que hizo la SCJN con esto es suspender de manera parcial el ‘decretazo’ del pasado 22 de noviembre.
En el oficio INAI/DGAJ/2637/2021, el INAi argumenta que catalogar las obras como “de seguridad nacional”, puede vulnerar el derecho a la información y “provoca indudablemente inseguridad, incertidumbre e impredictibilidad jurídica”.
El ministro Juan Luis González Alcántara rechazó clasificar como reservada toda información pública de los proyectos insignia de AMLO como los son el Tren Maya, en el sureste mexicano; el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, en el Estado de México; y la refinería de Dos Bocas, en Tabasco, entre otros.
“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, dijo.
“Se niega la suspensión, en los términos precisados en la parte denominada Apartado segundo. Es improcedente la medida cautelar solicitada para suspender las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México”
La resolución de la Corte estará vigente hasta que la SCJN resuelva si el acuerdo presidencial es o no constitucional.
Las y los comisionados del INAI aclararon que el Instituto no se pretende que se suspendan las obras o proyectos de infraestructura, sino que, por el contrario, consideran que se trata de asuntos de la mayor relevancia nacional.
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